ONGs vs. Gobierno mexicano, por considerar a la electricidad generada por centrales alimentadas con gas fósil como energía limpia

Ubicación

México

Estado
Activo
Fecha de inicio
1 de Julio de 2023
Fecha de la sentencia o de la última decisión existente
14 de julio de 2023. El Juez de Distrito admitió a trámite la demanda de amparo.
Resumen

Dos ONGs (Nuestros Derechos al Futuro y Medio Ambiente Sano, A.C. y Centro Mexicano de Derecho Ambiental) interpusieron una demanda de amparo en contra de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), impugnando la "Resolución No. A/018/2023 de la Comisión Reguladora de Energía, por la que se actualizan los valores de referencia de las metodologías para el cálculo de la eficiencia de los sistemas de cogeneración de energía eléctrica y los criterios para determinar la cogeneración eficiente, así como los criterios de eficiencia y la metodología de cálculo para determinar el porcentaje de energía libre de combustibles establecidos en las Resoluciones RES/003/2011, RES/206/2014, RES/291/2012 y RES/1838/2016, respectivamente".

Esencialmente, la resolución impugnada permite considerar como energía limpia una fracción de la electricidad generada por centrales de ciclo combinado alimentadas con gas fósil, "relajando" los criterios de cogeneración eficiente y la definición de generación eléctrica libre de combustibles fósiles.

El 21 de julio de 2023, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones (primera instancia) negó la suspensión definitiva solicitada. En agosto de 2023, las organizaciones recurrieron la decisión del Juzgado de negar la medida cautelar. El recurso está pendiente de resolución por el Tribunal Colegiado (segunda instancia).

Elemento climático

Las organizaciones argumentan que este acuerdo vulnera el derecho a un medio ambiente sano, porque promueve el uso de combustibles fósiles para generar energía que pueda calificarse de "limpia". La consecuencia del acuerdo es que aumentará falsamente el porcentaje de energía limpia generada en México, pero no se reducirán las emisiones de gases de efecto invernadero. Además, se argumenta que esta medida es regresiva, ya que elimina el incentivo para promover la generación de energía renovable y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Estas modificaciones incentivan a la industria petrolera a seguir generando electricidad, deteniendo la transición energética en México.

Demandantes
  • Nuestros Derechos al Futuro y Medio Ambiente Sano A.C.
  • Centro Mexicano de Derecho Ambiental.
Demandados/as
  • Comisión Reguladora de Energía.
  • Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
Contexto territorial

El Estado mexicano se ha comprometido a nivel nacional e internacional a cumplir con la reducción del 22% de las emisiones de GEI y del 51% de las emisiones de carbono negro al año 2030, de manera no condicionada —es decir, mediante recursos propios—. Además, se fijo las metas de generación de energía eléctrica con tecnologías limpias del 25% para el año 2018, del 30% para 2021 y del 35% para 2024.

Sin embargo, la publicación del Acuerdo A/018/2023 de la CRE contradice estos esfuerzos, pues busca considerar como energía limpia una fracción de la generación eléctrica de las centrales de ciclo combinado a base de gas fósil, el cual tiene impactos negativos en el clima, en la calidad del aire y la salud humana.

La transición energética es necesaria para limitar el calentamiento global, pero esta debe hacerse con enfoque de derechos humanos y a través de tecnologías y energías cuya operación sea realmente limpia. De implementarse, el Acuerdo A/018/2023, el Estado mexicano se acercaría de manera artificial el cumplimiento de las metas de generación limpia establecidas en la legislación mexicana; sin embargo, se aleja del cumplimiento de los compromisos en materia de reducción de emisiones.

Normas y principios invocados

Normas

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Ley de Transición Energética
  • Carta de la Organización de Estados Americanos
  • Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  • Declaración de las Naciones Unidas
  • Declaración de Río
  • Acuerdo de París
  • Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático
  • Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

Principios 

  • Principio de progresividad
  • Principio de precaución

 

Instancia
Judicial
Tipo de actor/a
Organización de la sociedad civil
Tema
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Combustibles fósiles
Energía sucía
Obligaciones de los Estados
Vulneración de derechos humanos
Tipo de Demandado/a
Estado
Medidas cautelares
Negadas o rechazadas
Fundamento de reclamo
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Derecho al ambiente sano
Legislación nacional
Tratados regionales o internacionales