Chile
AIDA, la Agrupación de mujeres MUZOSARE y la organización de la sociedad civil Chile Sustentable interpusieron recurso de invalidación administrativa ante la Comisión Nacional de Energía (CNE) para que invalide la norma que ese mismo órgano dictó en octubre de 2021, y que regula la figura del gas inflexible para todo el territorio nacional. Esta figura otorga prioridad para ingresar a la matriz a la electricidad producida por la combustión de gas fósil. Prioridad que desplaza las otras fuentes de generación de energía incluídas las renovables. El gas fósil que obtiene este beneficio es el que llega a Chile a través de sus 2 puertos gasificadores (uno en Mejillones y otro en Puchuncaví, ambas consideradas zonas de sacrificio ambiental), y que es así declarado por las propias empresas de gas.
La norma que regula el gas inflexible es una norma regresiva en términos climáticos y que entorpece la salida de los combustibles fósiles. Además, ha dificultado el ingreso y permanencia de fuentes de energía más limpias, especialmente aquellas de menor escala.
La CNE tiene plazo hasta el 21 de febrero de 2024 para pronunciarse. En paralelo, la misma NT se encuentra impugnada por otras generadoras en sede de Libre Competencia por argumentos económicos y de mercado.
La norma impugnada produce un impacto ambiental y climático, ya que mantiene al gas artificialmente participando en la generación de energía, o lo mantiene participando en mayor medida de lo que lo haría de no existir la norma. La norma dificulta la retirada de los combustibles fósiles en la generación de electricidad. Además, entorpece el ingreso y permanencia de generadoras de energía renovable, especialmente aquellas de menor escala.
Abogadas de AIDA, organización Mujeres en Zona de Sacrificio en Resistencia y ONG Chile Sustentable. Posteriormente se hizo parte Greenpeace Andino.
Comisión Nacional de Energía (CNE)
Puchuncaví-Quintero y Mejillones son dos zonas de sacrificio ambiental en Chile. También son los dos únicos puertos regasificadores de gas fósil del país. La zona de Puchuncaví y Quintero es constantemente azotada por eventos de envenenamientos masivos de la población que requieren asistencia médica. Las causas y responsables de las intoxicaciones son desconocidos, pero la sintomatología de las personas es compatible con aquella observada por inhalación de hidrocarburos y derivados. En la bahía de Puchuncaví además funcionan termoeléctricas a carbón, a gas y de ciclo combinado, las que generan impactos en la salud de la población, profundizan la contaminación de la zona y mantienen secuestrado el poder de agencia de las comunidades locales, quienes no han participado de las decisiones de la instalación del cordón industrial, ni se encuentran participando en el proceso de descarbonización anunciado por Chile y que les afectará.
Cuando ocurren los envenenamientos de las personas, los principales afectados son infancias y juventudes. Usualmente cierran las escuelas, enviando a NNA a sus hogares o a centros médicos. El acceso a la educación se ha visto así impactado por el funcionamiento del cordón industrial.
La NT contraviene:
- Los principios que rigen la Administración del Estado (principio de razonabilidad)
- Derecho fundamental a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, consagrado en el artículo 19 N°8 de la Constitución Política de la República
- La Ley Marco de Cambio Climático: Principios de No Regresión, Precautorio y Preventivo.
- Principios 11 y 15 de la Declaración de Rio
- Compromisos internacionales sobre cambio climático suscritos por Chile (Global Methane Pledge, NDC chilena actualizada el 2022.