ONG y ciudadanos Vs el Estado de los Países Bajos por la omisión de proteger a los habitantes de Bonaire de los efectos del cambio climático

Ubicación

San Vicente y las Granadinas

Estado
Resuelto en primera instancia
Número de expediente
ECLI:NL:RBDHA:2026:1347 No. de caso C/09/659832/HA ZA 24-53
Fecha de inicio
11 de Enero de 2024
Fecha de la sentencia o de la última decisión existente
El 28 de enero de 2026, el Tribunal falló a favor de Greenpeace y varios habitantes de Bonaire, concluyendo que el Estado neerlandés omitió hacer lo necesario para proteger a los habitantes de la Isla del cambio climático.
Summary

El 11 de enero de 2024, Greenpeace Países Bajos y ocho ciudadanos de la isla de Bonaire demandaron al Estado neerlandés por violar los derechos de los habitantes de la isla caribeña de Bonaire al no asumir adecuada y oportunamente su responsabilidad de frenar el cambio climático.

Los demandantes argumentaron que el Estado neerlandés no adoptó las medidas pertinentes para proteger a los habitantes de Bonaire e incumplió con las obligaciones contraídas por el Acuerdo de París. Señalaron que no se respetaron los derechos humanos de los residentes de Bonaire pues recibían un trato diferente al de los Países Bajos, además de que no consideró la elevada vulnerabilidad de la Isla, el aumento del estrés térmico, la subida del nivel del mar, la escasez de agua, la degradación de los ecosistemas y el derecho a la salud.

Solicitaron al tribunal de Distrito de La Haya que ordenara al gobierno reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y que elaborara un plan concreto de adaptación al cambio climático para Bonaire. 

La demanda también puso de relieve las desigualdades estructurales, como los altos niveles de pobreza en la isla, y sostuvo que estos factores requerían una mayor atención estatal, en virtud de los principios de igualdad y no discriminación. 

Los demandantes afirmaron que las acciones de mitigación y adaptación de los Países Bajos era insuficiente e incompatible ante las necesidades especiales y la vulnerabilidad desproporcionada de los habitantes de Bonaire, así como el complejo contexto histórico y político de la isla, argumentando que la debida diligencia requería medidas de adaptación oportunas y efectivas a los riesgos específicos que enfrentaba la población de Bonaire, incluidos los impactos en la salud, la vivienda, los medios de subsistencia y la vida cultural.

El 28 de enero de 2026, el Tribunal de Distrito de La Haya dictó una sentencia histórica dentro del litigio climático, obligando al Estado de los Países Bajos a tomar medidas más contundentes para proteger a la isla caribeña de Bonaire de los efectos del cambio climático. 

El tribunal expuso que los habitantes de Bonaire enfrentaban riesgos climáticos desproporcionados, incluidos graves riesgos para la salud y el bienestar, y que el Estado no había justificado adecuadamente el trato diferenciado que otorgaba a Bonaire en sus políticas climáticas en comparación con el resto de los Países Bajos. El tribunal ordenó que, en un plazo de 18 meses, el Estado debía incorporar a la legislación nacional objetivos de reducción de gases de efecto invernadero, garantizando que para 2030, Bonaire tuviera un plan detallado de adaptación al cambio climático para aumentar la resiliencia de la isla ante los impactos climáticos.

La decisión destaca por su fundamentación en el derecho internacional de los derechos humanos, su énfasis en la igualdad y la no discriminación dentro del territorio nacional, y su análisis de la jurisprudencia climática internacional y regional. También representa un avance significativo en los litigios climáticos relativos a las obligaciones de los Estados de proteger los territorios particularmente vulnerables de los impactos del cambio climático, siendo el primer caso en Europa que aplica una opinión consultiva reciente de la Corte Internacional de Justicia (2025) sobre obligaciones climáticas, concluyendo que el objetivo de 1.5°C del Acuerdo de París es legalmente vinculante.

Implementación 

La sentencia del Tribunal de Distrito de La Haya señaló que el Estado neerlandés no estaba haciendo lo suficiente para proteger a los habitantes de Bonaire del cambio climático y sus consecuencias. Adujo además, que los habitantes de Bonaire habían recibido un trato diferente al de los habitantes de los Países Bajos europeos sin justificación alguna, lo que constituía una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). La decisión ordenó que en un plazo de 18 meses, el Estado debía incorporar objetivos intermedios vinculantes a la legislación nacional para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en toda la economía y  contar con un plan detallado para 2030 para que la pequeña isla de Bonaire fuera más resiliente a las consecuencias del cambio climático y ponerlo en práctica.

Elemento climático

En la sentencia el Tribunal señaló que el Estado neerlandés no cumplió con una política climática para limitar el calentamiento global a un máximo de 1,5 °C y que tampoco había tomado medidas oportunas y adecuadas para proteger a los residentes de Bonaire de las consecuencias del cambio climático. Expuso la alta vulnerabilidad de la isla al cambio climático y que los arrecifes de coral estaban amenazados por el aumento del nivel del mar en combinación con la acidificación y el calentamiento de los océanos. Esta sentencia es totalmente innovadora: es el primer caso de adaptación nacional de esta magnitud que ha tenido éxito. La sentencia, basada en la discriminación contra los habitantes de Bonaire, es significativa y sin duda abrirá las puertas a una serie de casos similares en todo el mundo, en particular en otros países del Norte Global con territorios de ultramar.

Demandantes
  • Greenpeace
  • Ciudadanos de Bonaire
Demandados/as
  • Ministerio de Política Climática y Crecimiento Verde
  •  Ministerio de Infraestructura y Gestión del Agua
  •  Ministerio del Interior y Relaciones del Reino
Organizaciones que apoyan
Kennedy van der Laan y Prakken d'Oliveira
Apoyo Comunitario Local
Environmental Law Alliance Worldwide ELAW
Contexto territorial

Bonaire se encuentra en la costa de sotavento del Caribe, a unos 90 kilómetros de la costa de Venezuela. Bonaire tiene una superficie de 288 km² y aproximadamente 26 000 habitantes.

La isla es una antigua colonia de los Países Bajos que se convirtió en uno de sus municipios en 2010, tras la disolución de las Antillas Neerlandesas. Ha sido gobernada desde los Países Bajos desde el siglo XVII. Situada a casi 8.000 kilómetros de la sede del gobierno neerlandés en La Haya, Bonaire presenta una serie de riesgos climáticos específicos, entre ellos el calor extremo. La isla también se enfrenta a una amenaza cada vez mayor por el aumento del nivel del mar, incluso en comparación con los Países Bajos, famosos por su baja altitud y su propensión a las inundaciones.

Las islas pequeñas son particularmente vulnerables al cambio climático debido a sus ecosistemas frágiles, economías pequeñas y, a menudo, extensas zonas costeras bajas. Por lo tanto, se prevé que las islas pequeñas, como las que se encuentran en el Caribe neerlandés, sufran graves consecuencias por el aumento de las temperaturas, los cambios en las precipitaciones, la subida del nivel del mar, el blanqueamiento de los corales, los ciclones, las sequías y las inundaciones.

Según estimaciones una quinta parte de Bonaire podría quedar sumergida a finales de este siglo debido al aumento del nivel del mar provocado por el cambio climático. Así lo afirma un estudio de la Universidad Libre de Ámsterdam (VU), encargado por Greenpeace. Además, se prevé que el aumento de las temperaturas en la isla agrave los problemas de salud humana, desde enfermedades transmitidas por mosquitos hasta estrés térmico y deterioro de la salud mental. Los medios de vida y la cultura de los habitantes de Bonaire también están en peligro.

Normas y principios invocados

Acuerdos/tratados internacionales

  • Acuerdo de París 
  • Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 
  • Opinión Consultiva 32/2025
  • Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH)
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)
  • Protocolo de Kioto
  • Marco de Adaptación de Cancún 2010
  • Convenio de Aarhus

Leyes nacionales

  • Ley Climática neerlandesa

Principios 

  • Principio de prevención
  • Principio de igualdad y no discriminación
  • Principio de debida diligencia

Esta ficha fue creada a partir de información pública. Si tienes información acerca de este caso o quieres proponer actualizaciones o correcciones, por favor pincha aquí.

Instancia
Judicial
Tipo de actor/a
Grupos en condiciones de vulnerabilidad
Organización de la sociedad civil
Persona natural
Pueblos indígenas y comunidades tradicionales
Tema
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Desastres climáticos
Ecosistemas frágiles
Obligaciones de los Estados
Vulneración de derechos humanos
Tipo de Demandado/a
Estado
Fundamento de reclamo
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Daño ambiental o climático
Tratados regionales o internacionales
Otros derechos humanos
Estado de implementación
En proceso de implementación