DF Brasília Brasil
La Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 7146 fue presentada por los partidos PT, PSB, PSOL y Rede Sustentabilidade ante el Supremo Tribunal Federal de Brasil, impugnando la Ley Federal nº 14.285/2021, que modifica el régimen de protección de las Áreas de Preservación Permanente (APPs) en zonas urbanas. Dicha ley transfiere a los municipios y al Distrito Federal la competencia para definir las franjas de protección a lo largo de los cursos de agua urbanos, en contravención de los límites mínimos establecidos por el Código Forestal (Ley nº 12.651/2012). Los demandantes alegan que la norma es materialmente inconstitucional, por vulnerar (i) el régimen constitucional de distribución de competencias ambientales (arts. 24, VI-VIII, y 30, II), (ii) el derecho fundamental al medio ambiente equilibrado (art. 225), y (iii) el deber del poder público de proteger el medio ambiente (arts. 225 y 23, VI-VII). Asimismo, sostienen que la ley viola los principios de prevención, precaución, no regresión ambiental e integridad ecológica, al permitir una “municipalización” que fragmenta la protección ambiental, rompe la coherencia ecológica de las cuencas hidrográficas y debilita el sistema nacional de conservación. El argumento central enfatiza que la flexibilización de las APPs urbanas no solo representa un retroceso normativo, sino que aumenta la vulnerabilidad frente a desastres climáticos, como inundaciones y deslizamientos de tierras, que se agravan con la intensificación de los eventos extremos asociados al cambio climático. Las APPs cumplen funciones ecológicas esenciales: protegen cursos de agua, evitan la erosión y asisten en la gestión de riesgos ambientales. Su reducción comprometería la seguridad y el bienestar de la población urbana. Los partidos solicitan la suspensión cautelar de los efectos de la Ley 14.285/2021 hasta el juicio definitivo, manteniendo los parámetros de protección anteriores del Código Forestal. En el fondo, piden su declaración de inconstitucionalidad, o subsidiariamente, una interpretación conforme a la Constitución que impida reducir los estándares mínimos de protección. El Tribunal, dada la relevancia de la materia, adoptó un rito abreviado para decidir el fondo del caso.
Los demandantes sostienen que la ley implica un retroceso ambiental y climático, al permitir que los municipios y el Distrito Federal definan los límites de las franjas de protección alrededor de los cursos de agua urbanos, sin respetar los parámetros mínimos establecidos por el Código Forestal (Ley nº 12.651/2012). Esta flexibilización, argumentan, aumenta la vulnerabilidad climática de las ciudades brasileñas frente a fenómenos extremos como inundaciones, deslizamientos de tierra y colapsos hídricos, que se agravan con el cambio climático. -Las APPs urbanas cumplen un papel esencial en la adaptación climática, ya que funcionan como barreras naturales contra desastres ambientales, regulan el flujo hídrico, previenen la erosión del suelo y mitigan los efectos de las lluvias intensas. Reducir su protección debilita la capacidad de los ecosistemas para absorber impactos climáticos y afecta directamente la seguridad hídrica y la salud pública de las poblaciones urbanas. Los partidos también invocan el principio de precaución climática, sosteniendo que en un contexto de emergencia ambiental global, cualquier medida legislativa debe priorizar la prevención de daños irreversibles. Argumentan que la Ley nº 14.285/2021 vulnera este principio al promover la ocupación de márgenes de ríos y áreas de riesgo, lo que multiplica las posibilidades de tragedias socioambientales como las registradas recientemente en estados del sur y sudeste del país. Además, la acción afirma que la norma contradice los compromisos internacionales de Brasil en el marco del Acuerdo de París (2015), al debilitar instrumentos esenciales para la mitigación y adaptación al cambio climático, reduciendo la resiliencia urbana y comprometiendo las metas nacionales de reducción de emisiones y de protección de ecosistemas. En suma, los autores de la acción sostienen que la ley constituye un retroceso en la política climática y ambiental brasileña, al fragmentar la gobernanza ecológica y permitir decisiones locales desconectadas del equilibrio sistémico de las cuencas hidrográficas. Este debilitamiento normativo, señalan, agrava los riesgos climáticos y sociales, en violación del artículo 225 de la Constitución Federal, que consagra el derecho al medio ambiente equilibrado como un derecho fundamental y condición para la supervivencia humana.
- Partido dos Trabalhadores (PT)
- Partido socialista Brasileiro (PSB)
- Partido Socialismo e Liberdade (PSOL)
- Rede Sustentabilidade (Rede)
- Congreso Nacional
- Presidente de la República
La acción se refiere a territorios urbanos de todo Brasil, ya que la Ley Federal nº 14.285/2021 permite que cada municipio y el Distrito Federal definan, por cuenta propia, las dimensiones de las Áreas de Preservación Permanente (APPs) en torno a ríos, arroyos y demás cursos de agua ubicados en áreas urbanizadas. Por ello, aunque no se trata de un único territorio delimitado, la demanda busca proteger todas las zonas urbanas donde las APPs cumplen funciones ecológicas esenciales. Las APPs urbanas tienen un papel clave en la seguridad hídrica, la prevención de desastres, la estabilización de suelos, el control de inundaciones y la protección de la biodiversidad. Estas zonas son especialmente sensibles debido a la creciente impermeabilización del suelo, al aumento de construcciones en áreas de riesgo y a la mayor incidencia de fenómenos climáticos extremos relacionados con el cambio climático, como lluvias intensas y deslizamientos. Las comunidades que habitan estos territorios incluyen poblaciones urbanas de diversa composición socioeconómica, pero los grupos más vulnerables —como familias de baja renta, habitantes de favelas, y comunidades que viven en áreas marginalizadas o asentamientos precarios— son los más afectados por inundaciones, desbordes de ríos y deslizamientos, ya que suelen estar ubicados en zonas de riesgo o cercanas a los cuerpos de agua. La acción busca proteger estas comunidades, así como los ecosistemas urbanos, evitando que la flexibilización de las APPs permita ocupaciones irregulares, reducción de zonas verdes, deforestación de márgenes de ríos y fragilización de la infraestructura natural que protege a las ciudades frente a desastres climáticos. En esencia, la demanda pretende asegurar un estándar mínimo nacional de protección ambiental y climática en todo el territorio urbano brasileño.
Acuerdos/tratados internacionales
- Acuerdo de París y CMNUCC
Leyes nacionales
- Constitución Federal
- Código Forestal (Ley Federal nº 12.651/2012)
- Política Nacional de Protección y Defensa Civil (Ley nº 12.608/2012)
- Política Nacional de Cambio Climático (Ley nº 12.187/2009)
Principios
- Principio de prevención
- Principio de precaución
- Principio de no regresión ambiental
- Principio de prohibición de protección insuficiente
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