Partidos políticos vs. Estado Brasileño, por imposición de termoeléctricas y retrocesos en la transición energética

Ubicación

DF Brasil

Estado
En trámite
Número de expediente
ADI 6932
Fecha de inicio
15 de Julio de 2021
Resumen

La Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) fue presentada por los partidos PSB, PSOL, Rede, PT, PDT y PCdoB contra la Ley Federal 14.182/2021, que autoriza la desestatización de Eletrobras y modifica elementos centrales del régimen jurídico del sector eléctrico brasileño. La norma resulta de la conversión de la Medida Provisoria (MP) 1.031/2021, enviada por la Presidencia de la República con el objetivo de viabilizar la privatización de la empresa. Los demandantes alegan, en primer lugar, que faltaba el requisito constitucional de urgencia para la edición de la MP, lo que habría burlado el proceso legislativo ordinario. Sostienen que, durante la conversión, el Congreso Nacional aprobó enmiendas parlamentarias sin relación con el objeto original, alterando profundamente el planeamiento energético del país. Entre ellas, destacan la obligación de contratar energía de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCHs) y de usinas termoeléctricas alimentadas por gas natural, incluso en regiones sin infraestructura para este combustible. Argumentan que estas exigencias imponen un rediseño forzado e ineficiente de la matriz energética, generando sobrecostos, inseguridad regulatoria y aumento significativo de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Según la demanda, la ley contradice los compromisos climáticos asumidos por Brasil en el Acuerdo de París, así como las metas anunciadas por el Presidente de la República en la Cumbre del Clima de 2021. En este sentido, afirman que la norma configura un retroceso climático, al bloquear la descarbonización del sector eléctrico y promover combustibles fósiles en contramano de las recomendaciones internacionales. La acción también cuestiona la autorización para que la Unión Federal implemente el Linhão de Tucuruí, permitiendo el inicio de la obra sin la conclusión del licenciamiento ambiental y sin la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas afectados, en violación del Convenio 169 de la OIT y de la Constitución Federal. Los partidos solicitan: Medida cautelar para suspender inmediatamente la eficacia de toda la Ley 14.182/2021 o, de forma subsidiaria, de sus artículos más problemáticos; En el mérito, que se declare su inconstitucionalidad integral o, subsidiariamente, la de los dispositivos específicos que imponen la contratación obligatoria de PCHs y termoeléctricas, así como la flexibilización de controles socioambientales. Dada la relevancia del tema, el Presidente del STF determinó la aplicación del rito abreviado, con decisión definitiva del Pleno.

Elemento climático

Los partidos demandantes sostienen que la Ley 14.182/2021, al imponer la contratación obligatoria de Pequeñas Centrales Hidroeléctricas (PCHs) y usinas termoeléctricas a gas natural, genera consecuencias ambientales y climáticas incompatibles con los compromisos nacionales e internacionales asumidos por Brasil. Un primer argumento es que esta obligación legislativa dificulta la descarbonización de la matriz eléctrica brasileña, al incrementar el uso de combustibles fósiles en la generación de energía. La Petición Inicial señala que las termoeléctricas a gas natural presentan altas emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y aumentan el costo climático del sistema, contrariando las metas de reducción de emisiones presentadas por el propio Brasil en el marco del Acuerdo de París (). Los autores afirman que la ley crea un “bloqueo estructural” a la transición energética, ya que obliga al país a contratar nueva capacidad termoeléctrica durante décadas, incluso en regiones sin gasoductos, lo que demandará grandes inversiones en infraestructura fósil. Este redireccionamiento, según la acción, representa un retroceso ambiental y climático, vulnerando el deber constitucional de protección del medio ambiente para las presentes y futuras generaciones. La demanda también argumenta que las medidas introducidas por el Congreso no poseen respaldo técnico del Ministerio de Minas y Energía ni de la Empresa de Pesquisa Energética. Documentos técnicos citados muestran que la expansión termoeléctrica obligatoria incrementará sustancialmente las emisiones del sector eléctrico, dificultando el cumplimiento de la Contribución Nacionalmente Determinada (NDC) brasileña. Otro punto climático relevante es la autorización para que la Unión implemente el Linhão de Tucuruí sin completar el licenciamiento ambiental ni la consulta previa a comunidades indígenas afectadas. A juicio de los demandantes, esto configura una violación a la protección climática y territorial, pues proyectos de transmisión a gran escala tienen impactos ambientales acumulativos y requieren evaluación previa rigurosa. Finalmente, los partidos sostienen que la ley viola el principio de no retroceso climático, reconocido por la doctrina y aplicado en decisiones del STF. Para ellos, el Estado brasileño tiene un deber jurídico positivo de reducir emisiones, no de ampliarlas mediante imposiciones legislativas que favorecen tecnologías más intensivas en carbono.

Demandantes
  • Partido Socialista Brasileiro (PSB)
  • Partido Socialismo e Liberdade (PSOL)
  • Rede Sustentabilidade (Rede)
  • Partido dos Trabalhadores (PT)
  • Partido Democrático Trabalhista (PDT)
  • Partido Comunista do Brasil (PCdoB)
Demandados/as
  • Presidente de la República
  • Congreso Nacional

 

Contexto territorial

La ADI 6932 identifica como áreas directamente afectadas por la Ley 14.182/2021 dos conjuntos territoriales distintos: las regiones donde se impondrá la expansión obligatoria de termoeléctricas y PCHs, y el territorio indígena vinculado a la construcción del Linhão de Tucuruí, en el norte de Brasil. En relación con el Linhão de Tucuruí, la demanda subraya que la ley permite iniciar la construcción de la línea de transmisión sin completar el licenciamiento ambiental ni la consulta previa, libre e informada exigida por el Convenio 169 de la OIT (). El trazado de la línea afecta comunidades indígenas localizadas en el Estado de Roraima, cuyas tierras están situadas en zonas de selva amazónica caracterizadas por alta biodiversidad y por una relación territorial estrecha entre los pueblos originarios y su ambiente. Los pueblos indígenas mencionados en el proceso ya estaban participando en procedimientos administrativos de licenciamiento y consulta cuando la ley autorizó su superación, lo que, según los demandantes, coloca en riesgo tanto sus derechos territoriales como la integridad ambiental de la región. Además, la acción señala impactos territoriales más amplios derivados de la expansión obligatoria de termoeléctricas a gas natural en regiones sin infraestructura instalada, lo que demandaría grandes obras e intervenciones territoriales adicionales. Esto implica efectos sobre comunidades locales, incluyendo poblaciones vulnerables que ya enfrentan déficits de infraestructura y servicios públicos. En conjunto, la demanda sostiene que la ley afecta territorios ambientalmente sensibles y comunidades —especialmente indígenas— cuya protección exige evaluación ambiental rigurosa y respeto a la autodeterminación.

 

Normas y principios invocados

cuerdos/tratados internacionales

  • Acuerdo de París
  • Convenio 169 de la OIT

Leyes nacionales

  • Constitución Federal de Brasil
  • Ley 14.182/2021
  • Marco de licenciamiento ambiental

Principios 

  • Principio de prevención

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Enlaces de interés
Instancia
Constitucional
Tipo de actor/a
Partidos políticos
Tema
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Carbón
Energía sucía
Obligaciones de los Estados
Protección del ambiente
Tipo de Demandado/a
Estado
Ley / otras normas
Medidas cautelares
Pendientes de resolver
Fundamento de reclamo
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Legislación local
Legislación nacional
Tratados regionales o internacionales