Resumen
El Pueblo Wiwa y el Pueblo Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM) presentan la intervención sobre el alcance de las obligaciones estatales para responder a la emergencia climática, buscando la protección de su territorio ancestral como un ecosistema clave para Colombia y el mundo, el cual enfrenta distintas amenazas de orden ambiental y económico, muchas de ellas asociadas con industrias extractivas como la minería.
El amicus curiae pretende crear puentes de conexión entre el pensamiento indígena y la institucionalidad occidental, así como el reconocimiento de su papel central en la adaptación y mitigación del cambio climático para salvaguardar los Sistemas Ancestrales de Conocimiento de los pueblos indígenas, como aquellos que habitan en la Sierra Nevada de Santa Marta.
Algunos elementos de la intervención se refieren a:
Vulnerabilidad Climática de la SNSM: el panorama climático para la Sierra y sus pueblos es poco alentador. La vulnerabilidad está relacionada con la susceptibilidad de un sistema ante los efectos adversos del cambio climático, y, en este caso, el grado de amenaza se visibiliza, por ejemplo, en la pérdida de más del 90% de sus glaciares por causa directa del calentamiento global. Lo anterior afecta directamente la vida de los pueblos indígenas que depende del suelo, la geología, el agua y la biodiversidad, que son factores, a su vez, dependientes del clima.
Contexto socioambiental: La Sierra Nevada es el hogar de los pueblos indígenas Kogui, Arhuaco, Wiwa y Kankuamo. Sus normas tradicionales se concibieron para la conservación del mundo y de su Sistema de Conocimiento, el cual adquirió la entidad de patrimonio cultural inmaterial de la humanidad. Dicho Sistema comprende mecanismos de monitoreo ambiental y regula los ciclos de la vida social a partir de la relación que guardan con su entorno. Por ejemplo, ciertas aves migratorias avisan las épocas para cultivar o cosechar determinados alimentos y, por esto, el desajuste del sistema que se teje entre biodiversidad, cultura, clima y supervivencia de las comunidades, genera un impacto negativo general en los modos de vida propios de la Sierra.
Impactos negativos del cambio climático: Los intervinientes aclaran que para analizar estos impactos hay que observar a la Sierra como el conjunto de ecosistemas que la comprenden: glaciares, páramo, selva, lagunas, sistemas lagunares, ríos, ciénegas y el mar. El cambio climático ha generado alteraciones en el calendario propio (cabañuelas), pérdida de bosque nativo, disminución de fuentes hídricas, reducción de fuentes de alimento (muerte de animales de monte, plagas y productos que ya no se pueden cultivar), modificación de la diversidad animal, menoscabo en la salud y afectaciones culturales, entre otros perjuicios colectivos.
Solicitudes al Estado en materia de adaptación y mitigación frente al cambio climático: Los pueblos indígenas piden respetar los espacios sagrados, abstenerse de emitir nuevas licencias ambientales en la Sierra, hacer un seguimiento de su situación y políticas públicas de conservación y reforestación, junto con espacios de diálogo vinculantes y permanentes para abordar las medidas desde visiones diferentes, entre otras solicitudes.
Marco jurídico local: El amicus expone la Ley de Origen o Ley Propia de los pueblos indígenas como el conjunto de normas que regulan el orden y el funcionamiento de todo el Universo. Esta Ley define la organización social, política, económica y cultural de los pueblos ancestrales de la Sierra y garantiza la armonía en todo. La Ley de Origen define el territorio y el ámbito de gobernabilidad de los pueblos como un tejido espiritual, una “telaraña” que alimenta, sostiene, conecta y ordena el espacio físico de la Sierra y la conecta al mundo.
Los tribunales nacionales ya declararon la obligación de proteger los territorios ancestrales de estas comunidades indígenas y, con ella, la de comprender sus nociones particulares de territorio. Por ello, la intervención le solicitó a la Corte IDH exhortar a los Estados a proteger, respetar y garantizar el vínculo entre los territorios ancestrales de las comunidades indígenas y el subsuelo, frente a las amenazas que produce la minería por la alteración en el paisaje, los ecosistemas y los espacios sagrados, borrando los principios de la Ley de Origen.
Organización(es) y/o comunidad(es) que suscribe(n):
- Pueblo Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM)
- Pueblo Wiwa
El Pueblo Wiwa y el Pueblo Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM) presentan la intervención sobre el alcance de las obligaciones estatales para responder a la emergencia climática, buscando la protección de su territorio ancestral como un ecosistema clave para Colombia y el mundo, el cual enfrenta distintas amenazas de orden ambiental y económico, muchas de ellas asociadas con industrias extractivas como la minería.
El amicus curiae pretende crear puentes de conexión entre el pensamiento indígena y la institucionalidad occidental, así como el reconocimiento de su papel central en la adaptación y mitigación del cambio climático para salvaguardar los Sistemas Ancestrales de Conocimiento de los pueblos indígenas, como aquellos que habitan en la Sierra Nevada de Santa Marta.
Algunos elementos de la intervención se refieren a:
Vulnerabilidad Climática de la SNSM: el panorama climático para la Sierra y sus pueblos es poco alentador. La vulnerabilidad está relacionada con la susceptibilidad de un sistema ante los efectos adversos del cambio climático, y, en este caso, el grado de amenaza se visibiliza, por ejemplo, en la pérdida de más del 90% de sus glaciares por causa directa del calentamiento global. Lo anterior afecta directamente la vida de los pueblos indígenas que depende del suelo, la geología, el agua y la biodiversidad, que son factores, a su vez, dependientes del clima.
Contexto socioambiental: La Sierra Nevada es el hogar de los pueblos indígenas Kogui, Arhuaco, Wiwa y Kankuamo. Sus normas tradicionales se concibieron para la conservación del mundo y de su Sistema de Conocimiento, el cual adquirió la entidad de patrimonio cultural inmaterial de la humanidad. Dicho Sistema comprende mecanismos de monitoreo ambiental y regula los ciclos de la vida social a partir de la relación que guardan con su entorno. Por ejemplo, ciertas aves migratorias avisan las épocas para cultivar o cosechar determinados alimentos y, por esto, el desajuste del sistema que se teje entre biodiversidad, cultura, clima y supervivencia de las comunidades, genera un impacto negativo general en los modos de vida propios de la Sierra.
Impactos negativos del cambio climático: Los intervinientes aclaran que para analizar estos impactos hay que observar a la Sierra como el conjunto de ecosistemas que la comprenden: glaciares, páramo, selva, lagunas, sistemas lagunares, ríos, ciénegas y el mar. El cambio climático ha generado alteraciones en el calendario propio (cabañuelas), pérdida de bosque nativo, disminución de fuentes hídricas, reducción de fuentes de alimento (muerte de animales de monte, plagas y productos que ya no se pueden cultivar), modificación de la diversidad animal, menoscabo en la salud y afectaciones culturales, entre otros perjuicios colectivos.
Solicitudes al Estado en materia de adaptación y mitigación frente al cambio climático: Los pueblos indígenas piden respetar los espacios sagrados, abstenerse de emitir nuevas licencias ambientales en la Sierra, hacer un seguimiento de su situación y políticas públicas de conservación y reforestación, junto con espacios de diálogo vinculantes y permanentes para abordar las medidas desde visiones diferentes, entre otras solicitudes.
Marco jurídico local: El amicus expone la Ley de Origen o Ley Propia de los pueblos indígenas como el conjunto de normas que regulan el orden y el funcionamiento de todo el Universo. Esta Ley define la organización social, política, económica y cultural de los pueblos ancestrales de la Sierra y garantiza la armonía en todo. La Ley de Origen define el territorio y el ámbito de gobernabilidad de los pueblos como un tejido espiritual, una “telaraña” que alimenta, sostiene, conecta y ordena el espacio físico de la Sierra y la conecta al mundo.
Los tribunales nacionales ya declararon la obligación de proteger los territorios ancestrales de estas comunidades indígenas y, con ella, la de comprender sus nociones particulares de territorio. Por ello, la intervención le solicitó a la Corte IDH exhortar a los Estados a proteger, respetar y garantizar el vínculo entre los territorios ancestrales de las comunidades indígenas y el subsuelo, frente a las amenazas que produce la minería por la alteración en el paisaje, los ecosistemas y los espacios sagrados, borrando los principios de la Ley de Origen.
Organización(es) y/o comunidad(es) que suscribe(n):
- Pueblo Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM)
- Pueblo Wiwa