Abogado particular vs. Gobierno de Colombia y pueblos indígenas de la Sierra Nevada de Santa Marta

Ubicación

MAG Colombia

Estado
Activo
Fecha de inicio
27 de Junio de 2019
Fecha de la sentencia o de la última decisión existente
31 de julio de 2023
Resumen

En 2019 un abogado particular de nombre Yefferson Mauricio Dueñas Gómez, inició una acción de nulidad en contra del decreto presidencial 1500 de 6 de agosto de 2018, mediante el cual se redefinió el territorio ancestral de los pueblos Arhuaco, Kogui, Wiwa y Kankuamo de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM), que estaban contemplados en el sistema de espacios sagrados de la ‘Línea Negra’, como ámbito tradicional, de especial protección, valor espiritual, cultural y ambiental, conforme los principios y fundamentos de la Ley de Origen y la Ley 21 de 1991 y demás desarrollos legales y jurisprudenciales posteriores..

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió conceder prelación para emitir sentencia dentro del proceso, pues el “litigio versa sobre la delimitación de un territorio ancestral en el que se encuentran en disputa derechos fundamentales y colectivos que recaen sobre sujetos de especial protección constitucional como son las comunidades étnicas”.

Elemento climático

La cordillera costera de la SNSM es la más alta del mundo y, por sus características físicas, le permite concentrar todas las zonas climáticas, albergar una biodiversidad excepcional y tener una significativa cantidad de biomas. La SNSM juega un papel fundamental en el mantenimiento de biodiversidad mundial y en la protección de cuencas hidrográficas que prestan servicios ecosistémicos, especialmente de abastecimiento hídrico y regulación climática. El decreto 1500 de 2018 reconoce el papel que juegan los pueblos indígenas, pues la redefinición del territorio fortalece su capacidad para ejecutar prácticas ancestrales y espirituales que tienen un impacto en la conservación de bosques y en la adaptación y mitigación a las consecuencias del cambio climático.

La demanda omite la importancia de la SNSM frente al cambio climático y su valor natural y cultural intrínseco (prevención de la erosión, la estabilización de los paisajes, la formación de hábitats para especies endémicas y en peligro de extinción, la nutrición continua de los cultivos, y la mitigación de los impactos del cambio climático). La pérdida de vigencia del decreto 1500 implicaría una desprotección a la SNSM, pues no habría impedimento legal para evitar el aumento de actividades invasivas, altamente contaminantes y difícilmente reparables, como la minería legal e ilegal, agroindustria, megarepresas, cultivos de coca no ancestral, turismo insostenible, entre otras actividades. En caso de aceptarse la demanda, territorios que gracias el decreto son protegidos como ancestrales, dejarían de serlo y pasarían estar a la merced de proyectos extractivos, poniendo en riesgo la supervivencia de pueblos ancestrales, amenazando el incumplimiento de obligaciones internacionales en materia climática por parte de Colombia, y contribuyendo a la afectación de ecosistemas sensibles que auxilian a la mitigación del cambio climático.

En este caso, organizaciones como AIDA han presentado amicus curiae para destacar que - como lo ha sostenido el IPCC - para la planificación y realización de la adaptación al cambio climático es necesario reconocer los intereses, circunstancias y contextos socioculturales. Por ello, los sistemas y prácticas relacionadas con los conocimientos indígenas, locales y tradicionales, son fundamentales para aumentar la eficacia de la adaptación al cambio climático. Este argumento se espera sea reconocido por el juez administrativo en este proceso al fundamentar la legalidad del Decreto 1500 de 2018 que protege el sistema de conocimientos de los pueblos y comunidades indígenas. 

Demandantes

Yefferson Mauricio Dueñas Gómez y otros

Demandados/as

Ministerio de Cultura, Ministerio del Interior, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Presidencia de la República de Colombia

Organizaciones que apoyan
Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)
Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP)
Clínica Socio jurídica -Universidad de Caldas
Comisión Nacional de Territorios Indígenas
Grupo de Acciones Públicas – GAP de la Universidad del Rosario
Contexto territorial

La SNSM está habitada por los pueblos indígenas Kogui, Arhuaco, Wiwa y Kankuamo. Su territorio ancestral traslapa con el Parque Nacional Natural SNSM, y con tres departamentos: 39% de La Guajira, 35% del departamento de Magdalena, y 25% del Cesar, que tienen una importancia ecológica significativa al ser sumideros de carbono, contener fuentes de agua y albergar una alta biodiversidad. El territorio está regulado y protegido por el Sistema de Conocimiento Ancestral de los cuatro pueblos indígenas, que sustentan su existencia en armonía con el universo. El Sistema está basado en la Ley de Origen, la cual consta de normas y códigos que garantizan el equilibrio y armonía de todos los elementos naturales que componen la Madre Tierra. Sin embargo, las dinámicas de desplazamiento forzado generadas por el conflicto armado y la presión para la implementación de megaproyectos al interior de la Sierra Nevada han dificultado la preservación del Sistema. Entre 2013 y 2016 se llevó a cabo un proceso para alcanzar acuerdos orientados a la protección del territorio y el sistema de espacios sagrados, que tuvo como resultado la expedición de la Resolución 3760 de 2017 a través de la cual se aprobó el Plan Especial de Salvaguarda, en el que se establecieron los lineamientos y acciones destinadas a salvaguardar el Sistema de Conocimiento Ancestral y, por ende, a los pueblos indígenas y su cultura. El decreto 1500, al redefinir los límites del territorio, garantiza estos acuerdos y la existencia misma de estos pueblos.

Normas y principios invocados
  • Acuerdos/tratados internacionales
    • Convenio de Diversidad Biológica
    • Convención RAMSAR
    • Convención de Naciones Unidas de Lucha  contra la Desertificación
    • Acuerdo de París
  • Leyes nacionales
    • Decreto 1500 de 2018
    • Ley 21 de 1991.
  • Principios
    • Principio de no regresión

 

Instancia
Judicial
Tipo de actor/a
Persona natural
Tema
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Agua
Bosques y deforestación
Cambio de uso de suelos
Combustibles fósiles
Ecosistemas frágiles
Tipo de Demandado/a
Estado
Municipalidad / gobierno local
Medidas cautelares
Negadas o rechazadas
Fundamento de reclamo
Legislación nacional