Asociación Civil Vs. Estado Peruano, por no cumplir el Decreto Supremo N.º 003-2022-MINAM sobre emergencia climática en materia forestal

Ubicación

Perú

Estado
Resuelto
Fecha de inicio
17 de Abril de 2024
Fecha de la sentencia o de la última decisión existente
El 31 de marzo de 2025, el Quinto Juzgado Constitucional de Lima, Perú, emitió sentencia de primera instancia.
Resumen

El 31 de marzo de 2025, el Quinto Juzgado, Especializado en lo Constitucional de Lima emitió una sentencia a favor del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible del Perú (IDLADS Perú), ordenando al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) y al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) cumplir con las obligaciones establecidas en el Decreto Supremo N.º 003-2022-MINAM que declara la emergencia climática en Perú, aprobado en 2022.  

La sentencia confirma que el Estado debe tomar medidas urgentes para reducir la deforestación en un 30% al 2030, tal como lo exige el Decreto Supremo N.º 003-2022-MINAM. Esto incluye aprobar reglamentos clave de control forestal, actualizar los datos nacionales sobre tala ilegal, fortalecer la gobernanza forestal en coordinación con los gobiernos regionales y promover acciones para atender los focos de deforestación relacionados con actividades ilegales.

Es la primera vez que un tribunal peruano ordena el cumplimiento de una declaración oficial de emergencia climática. Este fallo sienta un precedente contundente: los compromisos climáticos no son opcionales, son legalmente vinculantes, y las autoridades pueden ser obligadas judicialmente a actuar cuando incumplen.

Implementación 

La sentencia ordenó que tanto el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR cumplan con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Supremo que declara de interés nacional la emergencia climática, Decreto Supremo N° 003-2022-MINAM, publicada el 25 de enero de 2022, en el plazo de 10 días y en consecuencia se prioricen medidas para fortalecer la gobernanza de los bosques y el control de la deforestación, realizando las acciones contenidas del numeral 3.9.1 al 3.9.8 del mismo artículo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 72° del Nuevo Código Procesal Constitucional.

Elemento climático

En un contexto en el que de manera ilegal se deforestan cada año 150,000 hectáreas de bosque amazónico, donde el 60% de sobrecalentamiento en el Perú es por deforestación y en el que la principal causa de pérdida de los bosques amazónicos es el cambio de uso de suelo, este fallo es histórico, ya que establece que el Estado debe tomar medidas urgentes para reducir la deforestación en un 30% al 2030, tal como lo exige el Decreto Supremo N.º 003-2022-MINAM.

En la sentencia, se ordena a las autoridades gubernamentales, que prioricen medidas para fortalecer la gobernanza de los bosques y el control de la deforestación. La implementación de estas medidas son fundamentales para la promoción de sistemas agroforestales, la asignación adecuada de derechos sobre tierras no categorizadas y la restauración ecológica de áreas degradadas, puede contribuir significativamente a reducir la deforestación y aumentar el secuestro de carbono en la Amazonia (que es fundamental para la mitigación del cambio climático). Dichas acciones ofrecen además beneficios ambientales directos y oportunidades económicas para las comunidades locales mediante actividades sostenibles y generación de empleo.

Demandantes
  • Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible Perú –IDLADS Perú.
Demandados/as
  • Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI)

  • Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR)

Contexto territorial

Según datos de la FAO, Perú se encuentra dentro de los cinco países con mayor cubierta forestal de la región. Así, entre Brasil, Perú, México, Colombia y Bolivia se constituye el 79% del área forestal total en América Latina y el Caribe.

Según datos oficiales del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico de Perú, se  estima que aproximadamente 300 000 personas dependen de los recursos y servicios ecosistémicos que ofrecen los bosques y que los bosques Amazónicos son aquellos que se encuentran más vulnerables a nivel nacional. Se estima que cada año se pierden 118 mil hectáreas de bosques Amazónicos producto de la deforestación, lo cual equivale a la cuarta parte de la región Tumbes.

Entre las principales consecuencias de la deforestación en el Perú está la generación de una gran cantidad de Gases de Efecto Invernadero (GEI) a la atmósfera producto de los cambios de uso de suelo. Este impacto sobre el medio ambiente es tan fuerte que corresponde al 51 % de las emisiones totales de los Gases de Efecto Invernadero del país (GEI) (Conservación Internacional, 2020). Por otro lado, también se produce una pérdida de los servicios que ofrecen los bosques en todos sus niveles (madera, alimentación, paisajísticos, turísticos, entre otros). Estos efectos negativos no afectarían únicamente a las poblaciones que habitan o dependen de los bosques sino a toda la población del Perú.

Normas y principios invocados

Acuerdos/tratados internacionales

  • Acuerdo de París
  • Ley Marco sobre Cambio Climático y su Reglamento

Leyes nacionales

  • Constitución Política del Perú
  • Ley N° 29158
  • Ley N° 30754
  • Código Procesal Constitucional

 

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Instancia
Constitucional
Tipo de actor/a
Organización de la sociedad civil
Tema
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Bosques y deforestación
Cambio de uso de suelos
Ecosistemas frágiles
Protección del ambiente
Tipo de Demandado/a
Estado
Ley / otras normas
Fundamento de reclamo
Legislación nacional
Estado de implementación
En proceso de implementación