Greenpeace México Vs. la Comisión Reguladora de Energía de México (CRE), por la emisión del Acuerdo A/018/2023

Ubicación

México

Estado
Activo
Fecha de inicio
Julio de 2023
Fecha de la sentencia o de la última decisión existente
En espera de la sentencia de primera instancia.
Resumen

El 26 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Núm. A/018/2023 de la Comisión Reguladora de Energía por el que se actualizan los valores de referencia de las metodologías para el cálculo de la eficiencia de los sistemas de cogeneración de energía eléctrica y los criterios para determinar la cogeneración eficiente, así como los criterios de eficiencia y metodología de cálculo para determinar el porcentaje de energía libre de combustible establecidos en las resoluciones RES/003/2011, RES/206/2014, RES/291/2012 y RES/1838/2016, respectivamente.

En julio de 2023, Greenpeace México presentó una demanda de amparo contra  el Acuerdo Núm. A/018/2023, ya que en su totalidad era inconstitucional al contravenir los artículos 3, 4.13, 12 y 13 del Acuerdo de París, así como los artículos primero, cuarto y sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entre los argumentos esgrimidos se señaló que el Acuerdo no promueve, sino que entorpece, la exactitud de la información ambiental en la temática que regula aunado a que era una medida regresiva que compromete el debido acatamiento de los deberes climáticos del Estado Mexicano y trastoca el principio de legalidad.

La demanda mencionó que en el año 2015 el Estado Mexicano se comprometió junto con la comunidad internacional a atender la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible (la ADS 2030), y vincular directamente los objetivos 7, 7.1, 7.2, 7.a, 7.b, a sus metas de política energética.

Se argumentó también, que el Acuerdo Núm. A/018/2023 permite considerar como energía limpia una fracción de la electricidad generada por centrales de ciclo combinado alimentadas con gas fósil, “relajando” los criterios de cogeneración eficiente y la definición de generación eléctrica sin combustibles. La organización expuso que el acuerdo viola el derecho a un medio ambiente sano, porque promueve el uso de combustibles fósiles para generar energía que puede ser catalogada como "limpia". La consecuencia del acuerdo es que el porcentaje de energía limpia generada en México aumentará falsamente, pero no se reducirán las emisiones de gases de efecto invernadero. Además esta medida es regresiva, ya que elimina el incentivo para promover la generación de energía renovable y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, y la resolución no permitirá que México cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de cambio climático.

El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México, el 21 julio de 2023, negó la medida cautelar solicitada, consistente en que se impidieran los efectos y las consecuencias del Acuerdo Núm. A/018/2023.

En agosto de 2023 Greenpeace solicita al Tribunal revisar la decisión anterior y en abril de 2024, el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México, revocó la decisión y concedió la suspensión definitiva.

En agosto de 2024 se celebró la audiencia constitucional.

Elemento climático

La demanda señala que el Acuerdo Núm. A/018/2023 de la Comisión Reguladora de Energía vulnera el derecho constitucional a un medio ambiente sano al permitir que una fracción de la electricidad generada por centrales de ciclo combinado alimentadas con gas fósil pueda ser considerada como energía limpia, es decir, promueve el uso de combustibles fósiles para generar energía que pueda calificarse de "limpia". 

La consecuencia de la entrada en vigor del acuerdo es que aumentará falsamente el porcentaje de energía limpia generada en México, pero no se reducirán las emisiones de gases de efecto invernadero. Además la medida es regresiva, ya que elimina el incentivo para promover la generación de energía renovable y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Estas modificaciones incentivan a la industria petrolera a seguir generando electricidad, deteniendo la transición energética en México.

Demandantes
  • Greenpeace, México.
Demandados/as
  • Comisión Reguladora de Energía
Contexto territorial

El Estado mexicano se ha comprometido a nivel nacional e internacional a cumplir con la reducción del 22% de las emisiones de GEI y del 51% de las emisiones de carbono negro al año 2030, de manera no condicionada —es decir, mediante recursos propios—. Además, fijó las metas de generación de energía eléctrica con tecnologías limpias del 25% para el año 2018, del 30% para 2021 y del 35% para 2024.

Sin embargo, la publicación del Acuerdo A/018/2023 de la Comisión Reguladora de Energía, (CRE) contradice estos esfuerzos, pues busca considerar como energía limpia una fracción de la generación eléctrica de las centrales de ciclo combinado a base de gas fósil, el cual tiene impactos negativos en el clima, en la calidad del aire y la salud humana.

La transición energética es necesaria para limitar el calentamiento global, pero esta debe hacerse con enfoque de derechos humanos y a través de tecnologías y energías cuya operación sea realmente limpia. De implementarse, el Acuerdo A/018/2023, el Estado mexicano se acercaría de manera artificial el cumplimiento de las metas de generación limpia establecidas en la legislación mexicana; sin embargo, se aleja del cumplimiento de los compromisos en materia de reducción de emisiones.

Normas y principios invocados

Acuerdos/tratados internacionales

  • Acuerdo de París 

Leyes nacionales

  • Ley de Transición Energética
  • Ley General de Cambio Climático
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Principios 

  • Principio de Prevención
  • Principio de Progresividad
  • Principio de Precaución
Instancia
Judicial
Tipo de actor/a
Organización de la sociedad civil
Tema
Energía sucía
Tipo de Demandado/a
Estado
Medidas cautelares
Concedidas
Fundamento de reclamo
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Legislación nacional
Tratados regionales o internacionales