Municipalidad Metropolitana de Lima Perú
El Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, declaró fundadas dos acciones de cumplimiento interpuestas por el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible Perú (IDLADS), para que el Ministerio del Ambiente (MINAM) implementara la Décima y la Décimo Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático (RLMCC), aprobado mediante Decreto Supremo N°013-2019-MINAM (RLMCC).
En esta línea, al incumplir con el RLMCC, el MINAM omitió elaborar y aprobar los lineamientos, documentos metodológicos, guías, o procedimientos relacionados con el cambio climático, relativas a:
- La formulación y/o actualización de las NDC.
- La inclusión de medidas de adaptación y mitigación en la formulación y actualización de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos.
- El monitoreo, evaluación y reporte de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos que incorporan medidas de adaptación y mitigación.
- Herramientas para el monitoreo y evaluación de las medidas de adaptación.
- El funcionamiento del Registro Nacional de Medidas de Mitigación, que incluye las medidas de mitigación referidas a la reducción de emisiones y remociones de GEI en bosques.
- La cuantificación y estimación de los costos y beneficios directos e indirectos de las medidas de adaptación y mitigación.
- El uso estratégico y complementario de los recursos provenientes de los fondos climáticos internacionales para implementar medidas de mitigación y adaptación.
Asimismo, referente al financiamiento climático el MINAM debió emitir lineamientos para el uso estratégico y complementario de los recursos provenientes de los fondos climáticos internacionales para implementar medidas de mitigación y adaptación. Como también, lineamientos con el monitoreo y reporte de financiamiento climático proveniente de recursos privados.
Por otro lado, en relación a la Décimo Séptima Disposición Complementaria final: Sobre la propuesta normativa para la tipificación y sanción de acciones referidas a actos o conductas sancionables sobre captura o secuestro de carbono forestal y REDD+, el Reglamento establece que el MINAM, en coordinación con las organizaciones nacionales representativas de los pueblos indígenas u originarios, de conformidad con el Convenio 169 de la OIT, debía elaborar una propuesta normativa que permitiera la tipificación y sanción de acciones referidas a actos o conductas sancionables sobre captura o secuestro de carbono forestal y REDD+, -en cumplimiento de las salvaguardas-, para ser presentado a las autoridades correspondientes en un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir de la aprobación del Reglamento.
En ese sentido, el fallo a favor de estas dos acciones de cumplimiento se suma a otros procesos de litigio climático impulsados desde sociedad civil, como el cumplimiento de la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final del Reglamento, que establece la creación de un fondo de garantía para la mitigación y adaptación al cambio climático, con participación de los pueblos indígenas y originarios.
Cabe mencionar que todo ello fue parte de los compromisos asumidos por el Estado Peruano en el marco del proceso de consulta previa del RLMCC, en atención a las propuestas de los pueblos indígenas y originarios.
De esta manera, transcurridos más de 46 meses de vencido el plazo establecido en el Reglamento de Cambio Climático -casi 5 años hasta la fecha-, los demandantes solicitaron al MINAM cumplir con lo dispuesto en las acciones de cumplimiento declaradas fundadas por la Corte Superior de Justicia de Lima.
Implementación
Estas sentencias obligan al Estado peruano a cumplir sus obligaciones climáticas, especialmente en un contexto en el cual el calentamiento global está causando graves estragos en el Perú, que es uno de los países más vulnerables a este fenómeno.
Al declararse fundadas las demandas, el Ministerio de Ambiente presentó en Diciembre de 2024 el Proyecto de la Estrategia de Financiamiento Climático para la implementación de las medidas de adaptación y mitigación, así como los lineamientos para el uso estratégico y complementario de los recursos provenientes de los fondos climáticos internacionales.
En la sentencia, se ordena a las autoridades gubernamentales, que prioricen medidas para fortalecer la gobernanza y cumplir con la normativa climática de REDD+ y Financiamiento Climático (que es fundamental para la mitigación del cambio climático). Dichas acciones ofrecen además beneficios ambientales directos y oportunidades económicas para las comunidades locales mediante actividades sostenibles y generación de empleo.
Es en este contexto que la implementación de estas medidas son fundamentales para que el Ministerio del Ambiente elabore lineamientos, documentos metodológicos, guías, o procedimientos para la implementación de medidas de adaptación y mitigación, así como reducir los daños y pérdidas asociados a los impactos del cambio climático y la mitigación de los GEI.
- Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible Perú – IDLADS Perú.
- Fondo Socioambiental del Perú.
- Ministerio del Ambiente
- Procuraduría Pública del Ministerio del Ambiente
Según datos del Gobierno de Perú, los proyectos REDD+ (Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques) se han convertido en una de las iniciativas más exitosas en la gestión efectiva de las áreas naturales protegidas (ANP). Destacan que con REED+ en el Perú se ha logrado evitar la deforestación de 95,053 hectáreas de bosques amazónicos y se han generado 36´6 millones de créditos de carbono, los que han financiado la gestión de cuatro áreas naturales protegidas con escenarios óptimos.
En este caso la sentencia hace expresa la necesidad de cumplir con la propuesta normativa para la tipificación y sanción de actos o conductas sancionables sobre captura o secuestro de carbono forestal y REDD+. Esto es clave, especialmente por las continuas denuncias que se están reportando desde las organizaciones indígenas en las regiones amazónicas ante la firma de contratos para la venta y aprovechamiento de carbono en territorios indígenas aprovechando el desconocimiento de las comunidades nativas sobre el mercado de carbono y en perjuicio de sus derechos colectivos.
- Constitución Política
- Ley General del Ambiente
- REGLAMENTO DE LA LEY N° 30754, LEY MARCO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO
Acuerdos/tratados internacionales
- Acuerdo de París
- Ley Marco sobre Cambio Climático y su Reglamento
- Protocolo de Kyoto
- Agenda 2030
Leyes nacionales
Ley N° 30754
Principios
- Principio de prevención
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