Partido político vs. Estado Brasileño, por inconstitucionalidad de la Política Nacional de Biocombustibles (RenovaBio) y su falta de efectividad climática

Ubicación

DF Brasília Brasil

Estado
En trámite
Número de expediente
ADI 7617
Fecha de inicio
2 de Abril de 2024
Resumen

El Partido Democrático Trabalhista (PDT) presentó una Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) ante el Supremo Tribunal Federal de Brasil contra diversos artículos de la Ley Federal nº 13.576/2017, que instituyó la Política Nacional de Biocombustibles (RenovaBio). El partido sostiene que la ley es formal y materialmente inconstitucional. En el aspecto formal, alega un vicio en el proceso legislativo, ya que la iniciativa habría sido impulsada con fines privados, especialmente para favorecer al sector agroindustrial del azúcar y del etanol, y no como una política pública genuina de protección ambiental o climática. Según el PDT, la ley se incorporó a la Política Energética Nacional, no a las políticas ambientales o climáticas, lo que evidencia una desviación de finalidad. Desde el punto de vista material, el partido argumenta que el mercado de carbono creado por el RenovaBio carece de adicionalidad climática, es decir, los Créditos de Descarbonización (CBIOs) no representan reducciones reales ni mensurables de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). En la práctica, estos créditos solo reflejan la diferencia entre la intensidad de carbono de los biocombustibles y la de los combustibles fósiles sustituidos, pero no implican mitigación efectiva. Por tanto, el RenovaBio, lejos de contribuir a los compromisos del Acuerdo de París, constituiría una intervención estatal en el mercado económico con carácter especulativo, que beneficia selectivamente a productores e importadores de biocombustibles, sin impacto ambiental positivo. El PDT califica esta situación como una forma de “greenwashing” institucional, al presentar una política de estímulo financiero como si fuera de mitigación climática. El partido solicita la declaración de inconstitucionalidad parcial, sin reducción de texto, de los artículos cuestionados de la ley, para adecuar su interpretación a la Constitución Federal, especialmente al artículo 225, que consagra el derecho a un medio ambiente equilibrado. Aunque el partido intentó desistir de la acción, el Supremo Tribunal Federal rechazó el desistimiento, amparándose en el principio de indisponibilidad de las acciones de control concentrado de constitucionalidad.

Elemento climático

En esta demanda, los argumentos climáticos fueron utilizados por el partido para cuestionar la efectividad ambiental y climática de dicha política pública. El PDT sostuvo que el RenovaBio, aunque se presenta como un instrumento de mitigación del cambio climático, no produce reducciones reales de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Según la demanda, los Créditos de Descarbonización (CBIOs), eje central del programa, carecen de adicionalidad climática, ya que no generan beneficios ambientales nuevos o mensurables. Los créditos reflejan únicamente la diferencia de intensidad de carbono entre biocombustibles y combustibles fósiles, sin asegurar la remoción efectiva de CO₂ ni una disminución comprobable de emisiones. El partido afirmó que esta estructura convierte al RenovaBio en un mecanismo de mercado sin sustento ambiental, promoviendo un “mercado ficticio de carbono” que se ampara en la retórica del desarrollo sostenible, pero no contribuye de manera concreta a la mitigación de la crisis climática. De este modo, la ley violaría el principio de precaución y el deber del Estado de proteger el medio ambiente y el clima, previstos en el artículo 225 de la Constitución Federal. Además, el PDT denunció que el programa prioriza intereses económicos del sector agroindustrial, en especial de los productores e importadores de biocombustibles, transformando una política ambiental en una forma de subsidio indirecto a la industria. Según el partido, esta orientación contradice el principio de función socioambiental de la propiedad y el principio de no regresión ambiental, al desviar recursos públicos hacia actividades que no reducen las emisiones y que incluso pueden profundizar los impactos ambientales vinculados al monocultivo y al uso intensivo de la tierra. La acción también invocó los compromisos internacionales de Brasil en el Acuerdo de París, argumentando que el RenovaBio no contribuye a las metas nacionales de reducción de emisiones (NDCs) ni se alinea con las obligaciones de mitigación climática asumidas por el país. En síntesis, el PDT cuestionó que el RenovaBio utiliza el discurso climático como justificación, pero en realidad refuerza prácticas económicas incompatibles con una transición ecológica justa, configurando una política de “maquillaje verde” que distorsiona el propósito de una verdadera acción climática estatal.

Demandantes
  • Partido Democrático Trabalhista (PDT)
Demandados/as
  • Congreso Nacional
Contexto territorial

La acción no se dirige a un territorio específico, sino que cuestiona una política nacional de alcance general, la Política Nacional de Biocombustibles (RenovaBio), aplicable en todo el territorio brasileño. Sin embargo, los efectos ambientales y climáticos asociados a su implementación inciden principalmente en las regiones productoras de biocombustibles, localizadas en el Centro-Sur de Brasil, especialmente en los estados de São Paulo, Goiás, Mato Grosso, Minas Gerais y Paraná. Estas zonas concentran extensas áreas de monocultivos de caña de azúcar, soya y maíz, destinados a la producción de etanol y biodiésel. La expansión de estas actividades ha generado impactos socioambientales significativos, como la deforestación del Cerrado y la degradación de la Mata Atlántica, el uso intensivo de agua y agrotóxicos, la emisión de gases de efecto invernadero durante el procesamiento industrial y la presión sobre comunidades rurales y tradicionales. Entre las comunidades potencialmente afectadas se incluyen pueblos indígenas, quilombolas, pequeños agricultores y trabajadores rurales, que enfrentan procesos de acaparamiento de tierras, pérdida de biodiversidad y conflictos socioambientales vinculados al modelo agroenergético. La conversión de ecosistemas naturales en áreas agrícolas también reduce la capacidad del territorio para regular el clima y conservar los recursos hídricos, afectando directamente a poblaciones que dependen del equilibrio ecológico para su subsistencia. Por ello, aunque la acción del PDT tiene un enfoque jurídico nacional, busca proteger los ecosistemas y comunidades impactados por el modelo de expansión de biocombustibles, promovido bajo el marco del RenovaBio, en nombre de una supuesta política de mitigación climática.

Normas y principios invocados

Acuerdos/tratados internacionales

  • Acuerdo de París 

Leyes nacionales

  • Constituição da República Federativa do Brasil de 1988
  • Política Nacional de Biocombustíveis - RenovaBio (Lei Federal 13.576/2017)

Principios 

  • Principio de prevención
  • Principio de precaución
  • Principio de no regresión

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Instancia
Constitucional
Tipo de actor/a
Partidos políticos
Tema
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Energía sucía
Obligaciones de los Estados
Tipo de Demandado/a
Estado
Fundamento de reclamo
Acuerdo de París y compromisos climáticos
Legislación nacional
Tratados regionales o internacionales