Partido político vs. Estado Brasileño, por paralización de la pavimentación de la carretera BR-319 en la Amazonía

Ubicación

DF Brasília Brasil

Estado
Cerrado
Número de expediente
ADPF 1215
Fecha de inicio
3 de Abril de 2025
Fecha de la sentencia o de la última decisión existente
El 4 de julio de 2025 el Supremo Tribunal Federal emitió decisión definitiva.
Resumen

El Partido de la Social Democracia Brasileña (PSDB) presentó una Acción de Incumplimiento de Precepto Fundamental (ADPF) con solicitud de medida cautelar, ante el Supremo Tribunal Federal (STF). La acción buscaba corregir supuestas omisiones e inacciones inconstitucionales del Poder Público Federal que habrían paralizado la política de pavimentación de la carretera BR-319, ubicada en la región norte del país, entre Amazonas y Rondônia. 

El PSDB defendió la importancia estratégica de la BR-319 para la integración nacional y el desarrollo socioeconómico de la Amazonía, alegando que la falta de pavimentación vulnera derechos fundamentales de la población amazónica, como la dignidad humana, el acceso a la salud y la educación, la movilidad, la ciudadanía y la igualdad. Según el partido, la carretera es una alternativa viable y ambientalmente segura para romper el aislamiento de la región, conciliando desarrollo económico y sostenibilidad ambiental. 

El partido argumentó que el aislamiento afecta de manera desproporcionada a comunidades indígenas, ribereñas y tradicionales, dependientes del transporte fluvial, el cual se ve gravemente afectado durante los períodos de sequía —cada vez más intensos por el cambio climático—, lo que expone a las poblaciones al riesgo de aislamiento total. En ese contexto, la pavimentación de la carretera garantizaría el flujo de bienes y servicios esenciales, además de ser una vía estratégica para responder a emergencias ambientales o sanitarias. 

El PSDB también señaló que existen decisiones judiciales contradictorias que obstaculizan la ejecución del proyecto, como la Acción Civil Pública nº 1001856-77.2024.4.01.3200, que impugna la Licencia Ambiental Previa nº 672/2022 emitida por el IBAMA, bajo acusaciones de fallas en la gobernanza ambiental, ausencia de estudios climáticos y falta de consulta a comunidades afectadas. 

El partido solicitó cautelarmente, que el STF asegurara la vigencia de dicha licencia. Sin embargo, el ministro relator Luiz Fux denegó la acción por inadecuación del instrumento jurídico, considerando que la ADPF no puede ser usada para analizar situaciones concretas que deben resolverse por vías ordinarias. 

El Pleno del STF, por unanimidad, rechazó el recurso interpuesto, confirmando la decisión y dando por concluido el caso. El resultado fue desfavorable a la protección climática, pues, aunque la demanda mencionaba los impactos del cambio climático, su objetivo principal no era la mitigación o adaptación climática, sino la reanudación de la pavimentación de la BR-319.

Elemento climático

Los argumentos climáticos en este caso fueron utilizados de manera complementaria para sustentar la necesidad de pavimentar la carretera BR-319, que conecta Manaus (Amazonas) con Porto Velho (Rondônia).

El partido sostuvo que la crisis climática ha agravado las condiciones de aislamiento de la región amazónica y señaló que el transporte fluvial —principal medio de conexión— se ha vuelto cada vez más incierto debido a las sequías extremas y prolongadas, atribuidas al cambio climático global. Estas condiciones dificultan el acceso a bienes esenciales, asistencia médica, educación y servicios públicos básicos. 

En este contexto, la pavimentación de la BR-319 fue presentada como una medida de resiliencia climática, capaz de garantizar la movilidad y la seguridad de las poblaciones amazónicas ante fenómenos climáticos extremos. El PSDB argumentó que el desarrollo económico y social de la región puede y debe realizarse de manera ambientalmente responsable, conciliando la infraestructura vial con medidas de protección ambiental. Afirmó que, tras más de tres décadas de estudios técnicos y ambientales, la obra sería ambientalmente segura y necesaria para la integración nacional, además de esencial para reducir los efectos negativos del aislamiento generado por el cambio climático. 

El partido también invocó la necesidad de una infraestructura resiliente que garantice la continuidad del transporte, el suministro de alimentos y el acceso a servicios de emergencia durante eventos climáticos extremos, como sequías e inundaciones y sostuvo que la carretera permitiría una respuesta más eficaz a crisis ambientales, sanitarias y humanitarias, reforzando la soberanía nacional y la seguridad energética de la región amazónica. Sin embargo, en su decisión, el Supremo Tribunal Federal (STF) —por medio del ministro relator Luiz Fux— no abordó de fondo los argumentos climáticos. 

El Tribunal consideró que la ADPF no era la vía procesal adecuada para discutir una situación fáctica y administrativa concreta, que debía tramitarse por las vías judiciales ordinarias. Por ello, rechazó la acción sin entrar en el mérito ambiental o climático. En consecuencia, aunque la demanda invocaba los efectos adversos del cambio climático para justificar la pavimentación, el objetivo central no se alineó con la protección climática, sino con la ejecución de una obra de infraestructura vial.

Demandantes
  • Partido da Social Democracia Brasileira (PSDB)
Demandados/as
  • Unión Federal
Contexto territorial

La carretera BR-319 atraviesa una vasta área de la región amazónica brasileña, conectando los estados de Amazonas y Rondônia. Su trayecto, de más de 800 kilómetros, cruza una de las zonas de mayor biodiversidad del planeta, con extensos bosques tropicales, ríos y áreas de conservación ambiental que incluyen tierras indígenas y reservas extractivistas. 

El territorio está habitado por pueblos indígenas, comunidades ribereñas y tradicionales, que dependen directamente de los recursos naturales para su subsistencia, por medio de la pesca, la agricultura de pequeña escala y el extractivismo forestal. Entre las poblaciones más afectadas se encuentran comunidades que viven a lo largo de los ríos Madeira y Purus, así como grupos indígenas que habitan en áreas próximas a la carretera, algunas de ellas con territorios en proceso de demarcación o en situación de aislamiento voluntario. 

El aislamiento geográfico de la región hace que el transporte fluvial sea la principal vía de comunicación, lo que se ve dificultado por las sequías extremas y las mudanzas climáticas que alteran el nivel de los ríos. En los períodos de estiaje, el acceso a servicios de salud, educación y abastecimiento básico se torna limitado o imposible. El PSDB, autor de la acción, sostuvo que la pavimentación de la BR-319 permitiría integrar estas comunidades al resto del país, garantizando movilidad, atención sanitaria y oportunidades económicas. Sin embargo, organizaciones ambientales advierten que la apertura de la vía puede incrementar la deforestación y los conflictos socioambientales en la Amazonía central.

Normas y principios invocados

Leyes nacionales

  • Constitución Federal de Brasil
  • Resolución CONAMA 237/1997

Principios 

  • Principio constitucional de dignidad de las personas

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Instancia
Constitucional
Tipo de actor/a
Partidos políticos
Tema
Bosques y deforestación
Ecosistemas frágiles
Tipo de Demandado/a
Estado
Medidas cautelares
Negadas o rechazadas