AM Brasil
Esta demanda se trata de una Acción Civil Pública (ACP) con pedido de tutela de urgencia, promovida por el Ministerio Público Federal (MPF) contra Sebastião da Costa Mariano, por la deforestación ilegal de 903,22 hectáreas de selva nativa en el municipio de Boca do Acre/AM, dentro de la Gleba Bom Lugar, área pública de la Unión. Los hechos fueron identificados en el marco de la Operación Smoke, que detectó extensas áreas deforestadas en 2021 y el uso continuado del fuego entre 2021 y septiembre de 2024 para mantener pastos destinados a la actividad agropecuaria. El MPF afirma que la deforestación ilícita constituye una grave violación ambiental y climática, dado que la principal fuente de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en Brasil proviene de la destrucción de bosques. Según los cálculos presentados en la demanda, la deforestación imputada generó 534.613,750272 toneladas de CO₂, lo que supone relevantes daños climáticos intermediarios y residuales. Con base en los parámetros del Fondo Amazonia, el MPF fijó un valor de US$5 por tonelada emitida, resultando en una pretensión indemnizatoria de R$ 15.236.491,88 exclusivamente por el componente climático, además de otros daños materiales, morales colectivos y lucro ilícito. La ACP también solicitó, en sede de tutela provisoria, medidas urgentes como la retirada del ganado, la suspensión del acceso a créditos públicos, la prohibición de emitir GTAs, y la suspensión del CAR de la propiedad. En el mérito, el MPF requirió la recuperación integral de la zona degradada y la condena del réu al pago de más de R$ 44 millones sumando todos los rubros. Sin embargo, en la fase inicial del proceso, el juzgado verificó la existencia de concurrencia entre esta acción y otra más amplia: la ACP nº 1043380-54.2024.4.01.3200, presentada en el marco del proyecto Amazônia Protege, que abarca un total de 2.041,3 hectáreas deforestadas e involucra a otros responsables. Ambas acciones trataban los mismos hechos y la misma área afectada. En razón de ello, la jueza del 7º Tribunal Federal Ambiental y Agrario declaró la extinción del proceso sin resolución del mérito, con fundamento en los arts. 56, 57 y 485, X del CPC, determinando su archivo definitivo.
En esta demanda, el Ministerio Público Federal formuló una argumentación climática extensa para demostrar que la deforestación ilegal cometida por el demandado produce impactos climáticos significativos, además de los daños ambientales locales. El MPF afirma que la deforestación es la principal fuente de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en Brasil, superando incluso el sector energético, y que la Amazonia concentra buena parte de estas emisiones debido a la eliminación y quema de biomasa.
El MPF destaca que la deforestación de 903,22 hectáreas, seguida del uso reiterado del fuego para mantenimiento de pastos, generó un volumen estimado de 534.613 toneladas de CO₂, cifra que contribuye de manera relevante al agravamiento del cambio climático. Sostiene que tales emisiones generan daños climáticos intermediarios y residuales, esto es, efectos globales que persisten en el tiempo, afectando la estabilidad climática, los patrones de precipitación, la ocurrencia de eventos extremos y la resiliencia de los ecosistemas amazónicos.
La demanda también subraya que la Amazonia cumple un papel central como sumidero de carbono y regulador climático planetario. La pérdida de cobertura vegetal no solo libera grandes cantidades de carbono, sino que aproxima la región a puntos de no retorno ecológico, con consecuencias irreversibles para Brasil y el mundo. En este sentido, el MPF vincula el caso a los compromisos internacionales del país, especialmente aquellos orientados a la reducción de la deforestación y a la mitigación climática asumidos en el marco del Acuerdo de París.
Con base en estos argumentos, el MPF sostiene que el responsable debe indemnizar los daños climáticos derivados de las emisiones ilegales, utilizando como referencia la metodología del Fondo Amazonia, que atribuye un valor económico por tonelada de CO₂ emitida. El cálculo busca internalizar el “costo social del carbono” y evitar que actividades ilícitas generen lucro privado a costa del deterioro climático colectivo.
La sentencia no analizó el mérito de los argumentos climáticos porque el proceso fue extinguido por continencia procesal. No obstante, el archivo no descartó la relevancia climática del caso, que pasó a ser evaluada en la acción “continente”, donde los daños climáticos y la responsabilidad del demandado seguirán siendo examinados.
- Ministério Público Federal
- Persona natural (Sebastião da Costa Mariano)
El territorio afectado por los hechos investigados corresponde a una extensa área de 903,22 hectáreas ubicada en el municipio de Boca do Acre, en el sur del estado de Amazonas, dentro de la Gleba Bom Lugar, área pública federal. Se trata de una región de transición entre la floresta amazónica densa y áreas de contacto con vegetación más abierta, caracterizada por alta biodiversidad y papel fundamental en la regulación climática local y regional.
Boca do Acre se encuentra en una zona históricamente vulnerable al avance de la frontera agropecuaria, con alta incidencia de deforestación y quemas, especialmente en períodos prolongados de sequía asociados al cambio climático. El municipio también forma parte de una región crítica para la conectividad de ecosistemas amazónicos y para la conservación de servicios ecosistémicos esenciales, como la protección de suelos, el mantenimiento del ciclo hídrico y la captura de carbono.
Aunque la ACP no está orientada a proteger específicamente comunidades tradicionales o indígenas localizadas dentro de la Gleba Bom Lugar, el territorio afectado influye directamente en las condiciones ambientales de poblaciones urbanas y rurales de Boca do Acre, muchas de ellas dependientes del bosque para actividades como pesca, recolección, agricultura familiar y uso de recursos naturales. Además, la deforestación masiva y los incendios ilegales generan impactos sobre la salud pública, la calidad del aire y la disponibilidad de agua, afectando de manera desproporcionada a familias de baja renta que viven en áreas periurbanas y rurales próximas.
Por su posición estratégica en la dinámica ecológica del sur del Amazonas, la protección de este territorio es esencial para salvaguardar el bienestar presentes y futuro de las comunidades locales y de la Amazonia en su conjunto.
Leyes nacionales
- Constitución Federal
- Ley 6.938/1981 (Política Nacional del Medio Ambiente)
- Ley 9.605/1998 (Crimes Ambientais)
- Código Forestal (Ley 12.651/2012)
- Decretos federales sobre uso del fuego y combate a la deforestación
- Normativa del Fondo Amazonía