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Se trata de una Acción Civil Pública, con solicitud de tutela de urgencia, promovida por el Ministerio Público Federal (MPF) contra el Estado de Amazonas y la Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas (FUNAI), con el objetivo de suspender el proyecto de créditos de carbono/REDD+ implementado por la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de Amazonas (SEMA/AM) en unidades de conservación estatales habitadas por pueblos indígenas, ribereños y comunidades tradicionales.
El MPF sostiene que el proyecto fue lanzado sin realizar la consulta previa, libre e informada, exigida por la Convención 169 de la OIT, lo que constituye violación de derechos fundamentales territoriales y participativos. Afirma también que los proyectos de créditos de carbono —especialmente en la modalidad REDD+— presentan fallas estructurales, como cálculos hipotéticos de “deforestación evitada”, certificaciones privadas con baja transparencia y riesgos de mercantilización de territorios tradicionales. Según la acción, tales iniciativas han generado conflictos internos, tensiones entre comunidades y presencia de empresas en los territorios sin autorización, además de carecer de evidencias concretas de beneficios socioambientales.
El MPF pidió la suspensión inmediata de los actos administrativos de la SEMA/AM y el impedimento de ingreso de empresas en las comunidades afectadas. En el mérito, solicita la nulidad del proyecto, la realización de un proceso adecuado de consulta, el fortalecimiento de debates públicos y la condena del Estado a indemnizar daños materiales y morales colectivos.
En su contestación, el Estado de Amazonas defiende la legalidad, eficacia y necesidad climática del programa REDD+, argumentando que está alineado con estándares internacionales, como los de la UNFCCC, el IPCC y las decisiones de la COP. Afirma que el mecanismo es reconocido mundialmente, que el Amazonas posee larga trayectoria en políticas climáticas y que existen estudios que demuestran reducciones reales de deforestación en proyectos similares. Sostiene además que la consulta previa ya está prevista y que no hubo violación de derechos, solicitando la improcedencia total de la demanda.
El 17 de noviembre de 2025, la 9ª Vara Federal Cível de la Sección Judicial de Amazonas concedió la anticipación de tutela, suspendiendo el proyecto.
En la Acción Civil Pública, el MPF sostiene que el proyecto REDD+ implementado por la SEMA/AM no constituye una solución climática real ni eficaz. Según la demanda, los mecanismos de compensación de carbono —incluidos los proyectos REDD+— presentan fallas estructurales documentadas, que comprometen su capacidad de reducir emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y, por tanto, su utilidad para enfrentar la crisis climática. Se destaca que investigaciones y reportajes internacionales han revelado ineficacia, fraudes, sobreestimaciones de carbono y rupturas comunitarias, además de ofrecer “permisos para contaminar” a industrias y países altamente emisores, lo que agrava la crisis al postergar la descarbonización efectiva.
El MPF argumenta que estos mecanismos desvían recursos y atención de las medidas necesarias para enfrentar la emergencia climática: reducción directa de emisiones, transición energética y apoyo a iniciativas lideradas por comunidades tradicionales, que son más consistentes con la justicia climática. Asimismo, sostiene que la expansión de soluciones basadas en la naturaleza está siendo utilizada para permitir que empresas continúen emitiendo, simulando neutralidad climática sin reducir su huella real de carbono, lo que va a contracorriente de la evidencia científica y de los compromisos del Acuerdo de París.
La demanda también vincula el caso con la agravación documentada de eventos extremos en la Amazonia —sequías históricas, incendios y alteraciones hidrológicas— como expresión local de la crisis climática, destacando que los instrumentos de mercado no han frenado estas tendencias y, en algunos casos, las profundizan al permitir la continuidad de actividades emisoras de GEI. Igualmente, fundamenta sus alegaciones en estudios científicos que atribuyen la mayor parte de las emisiones históricas a un reducido número de corporaciones, subrayando la necesidad de medidas más ambiciosas de mitigación y control de emisiones.
En contraste, el Estado alega que el programa REDD+ es un mecanismo eficaz de mitigación climática, respaldado por décadas de desarrollo científico en el marco de la UNFCCC, el IPCC y el SBSTA, afirmando que existen estudios internacionales que demuestran reducciones reales de deforestación y protección climática mediante REDD+. Asimismo, defiende que el proyecto contribuye a la conservación de bosques, esenciales como sumideros de carbono, y por tanto se alinea con las estrategias globales de mitigación y con los compromisos climáticos asumidos por Brasil.
- Ministerio Público Federal
- Fundación Nacional de los Pueblos Indígenas
- Estado de Amazonas
El territorio objeto de protección comprende diversas unidades de conservación (UCs) del Estado de Amazonas donde la SEMA/AM impulsa proyectos de créditos de carbono y REDD+. Estas áreas incluyen Reservas de Desarrollo Sostenible (RDS), Reservas Extrativistas y otras UCs superpuestas o ubicadas en la proximidad de territorios indígenas, ribereños, quilombolas y comunidades tradicionales, algunos de ellos demarcados, en proceso de demarcación o reivindicados como territorios de uso ancestral. El MPF señala que estos espacios constituyen áreas de ocupación tradicional, fundamentales para la reproducción física, cultural y espiritual de los pueblos que allí viven, y que son territorios históricamente preservados por estas comunidades.
Los registros del MPF indican, por ejemplo, impactos y tensiones en áreas como la RDS Uatumã, donde conviven comunidades indígenas y ribeirinhas afectadas también por proyectos energéticos y extractivos, y donde se constataron violaciones territoriales y ambientales en 2024. Asimismo, el órgano destaca que los proyectos de carbono se superponen a territorios utilizados para caza, pesca, recolección, agricultura tradicional y movilidad fluvial, actividades esenciales para la seguridad alimentaria y la identidad cultural de los pueblos amazónicos.
Las comunidades afectadas comprenden pueblos indígenas, ribeirinhos, extrativistas, pescadores artesanales, quilombolas y grupos tradicionales que dependen directamente del bosque y de los ríos para su subsistencia. Según la demanda, la falta de consulta previa viola derechos reconocidos internacionalmente y pone en riesgo la autonomía territorial, la gobernanza comunitaria y la capacidad de estas poblaciones para enfrentar los impactos crecientes de la crisis climática, como sequías extremas, incendios y alteraciones hidrológicas en la región.
Acuerdos/tratados internacionales
- Acuerdo de París
- Convención nº 169 da OIT
- Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
- Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969)
Leyes nacionales
- Constitución Federal de 1988
- Ley de Acción Civil Pública (Ley 7.347/1985)
- Política Nacional del Medio Ambiente
- Sistema Nacional de Unidades de Conservación
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