Cuzco Perú
El 22 de enero de 2025, la comunidad originaria de Tintaya Marquiri, ubicada en la provincia de Espinar, en el departamento de Cuzco, presentó una denuncia ante la Fiscalía Superior de la Coordinación Nacional de Fiscalías Especializadas en Delitos Medioambientales contra la empresa minera Antapaccay, subsidiaria de la transnacional suiza Glencore, a la que acusan de ser responsable de graves daños ambientales en su territorio. Según los comuneros, la contaminación ha afectado tanto al medio ambiente como a la salud de los habitantes de la zona, quienes han reportado la presencia de metales pesados en sus cuerpos.
La denuncia se sustenta en los informes de Evaluación Ambiental de Causalidad (EAC) elaborados por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en 2023, que concluyeron que existe contaminación ambiental en Espinar y señalaron a la empresa como responsable. Según el informe OEFA N° 00144, la empresa acumuló más de 60 denuncias ambientales entre 2012 y 2022, lo que fortaleció las acusaciones de los comuneros.
La comunidad también afirma que no fue incluida en la consulta previa realizada en 2015 y aprobada en 2019.
Asimismo, comunidades indígenas de Huini Coroccohuaycco y Pacopata, de la provincia de Espinar, interpusieron una demanda de amparo contra el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y la Compañía Minera Antapaccay S.A., ante las omisiones en la Modificación del Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) del proyecto minero Antapaccay – Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco.
En la demanda exigieron al Estado peruano, iniciar el proceso de consulta libre, previa e informada, conforme a los estándares internacionales, en el procedimiento de aprobación de la ampliación de Glencore Antapaccay Tintaya.
Las comunidades señalaron las afectaciones ocasionadas por la modificación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de la mina, "Ampliación Glencore Antapaccay Tintaya - Integración Coroccohuayco", además de denunciar la falta de participación comunitaria. En una decisión de la Primera Sala Constitucional del Poder Judicial se ordenó al Congreso de la República cumplir con el derecho a la consulta previa a favor de los pueblos indígenas afectados antes de votar leyes que los afectan.
La demanda enfatizó en la gravedad de los impactos del proyecto sobre el territorio comunal ya que la modificación no analizó los impactos acumulativos y las medidas para prevenirlos, aunado a que el proyecto está en territorios comunales y con ello la consecuente pérdida de tierras, desplazamiento y amenazas a la existencia misma de la comunidad.
La demanda exige que se debata con urgencia en la siguiente legislatura las medidas necesarias para asegurar este derecho, el cual establece que los pueblos originarios deben ser consultados por el Estado cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas que puedan impactar directamente sus derechos colectivos, resaltando el Proyecto de Ley 05/2016-CR.
Además, los comuneros indicaron que el Ministerio de Energía y Minas (Minem) confirmó que la planta de óxidos no contaba con los permisos necesarios para operar.
Asimismo los demandantes denunciaron la contaminación de fuentes de agua y la presencia de metales pesados en la sangre de los habitantes, por lo que se busca que la empresa sea sancionada por los daños causados. Asimismo, destacó que la lucha por justicia ha implicado grandes sacrificios para los comuneros.
Posteriormente los comuneros sostuvieron una reunión con representantes del OEFA, en la que solicitaron información sobre las sanciones y medidas adoptadas contra Glencore-Antapaccay por la contaminación generada en su territorio y los impactos en el Cambio Climático. El organismo se comprometió a proporcionar información completa sobre los informes de Evaluación Ambiental de Causalidad y los Procesos Administrativos Sancionadores (PAS) relacionados con la empresa minera.
El 3 de junio de 2025 mediante sentencia judicial, se rechazó la demanda, decisión que fue combatida por la comunidad. El caso se encuentra en espera de que la Corte Superior de Justicia de Cusco revoque la sentencia de primera instancia, declare fundada su demanda de amparo y anule los actos administrativos que aprobaron la Modificatoria del Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) sin realizar la consulta previa.
El caso Coroccohuayco es representativo de una problemática estructural: la omisión sistemática de la consulta previa en etapas de decisión tempranas de proyectos de inversión como es la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y sus modificatorias, acto administrativo que establece las obligaciones y compromisos ambientales, sociales y económicos que exigirá al titular del proyecto. La decisión que tome la Sala será clave para el respeto de los derechos colectivos y la vigencia de los estándares ambientales en el país.
Si bien la mayor emisión de los gases de efecto invernadero causantes del cambio climático proviene de la deforestación de la Amazonía; requiere igual atención, aquellos producidos por la industria minera, especialmente en la zona andina, desde la etapa de extracción de minerales (en especial en las actividades a tajo abierto) hasta los procesos de fundición y refinación de los metales. El cambio climático introduce una mayor variabilidad climática que aumenta la incertidumbre sobre el régimen hidrológico de los cursos de agua e impacta negativamente la disponibilidad del recurso hídrico, por ejemplo, introduce cambios en el patrón de caudales y cantidad de agua en los ríos e intensifica los eventos extremos. En los países en desarrollo como Perú, una de las consecuencias más importantes generadas por el cambio climático, ha sido la disminución de la cantidad de agua disponible y con ello de la actividad agrícola, fuente económica fundamental del país. La actividad minera también repercute en la disponibilidad y cantidad de las aguas superficiales y subterráneas, y por ende, los efectos de cambio climático local en cuencas hidrográficas con operaciones mineras se agudizan de no tomarse las medidas necesarias.
La manifestación del cambio climático en el Perú se intenta registrar a través de su expresión en:
• Fenómeno EL NIÑO
• Derretimiento de glaciares
• Aumento de la temperatura
• Elevación del nivel del mar
En la demanda se incluyeron argumentos sustentados en el Informe Glencore en el Perú de que se desprenden los impactos ambientales y sociales de las actividades mineras de la empresa así como el incumplimiento a los estándares internacionales ambientales, sociales y en materia de derechos de los pueblos indígenas que han impactado negativamente a las comunidades locales y al medio ambiente.
Según datos de la Red Muqui, un colectivo de 28 instituciones a nivel nacional, que trabajan en 11 regiones del territorio nacional en el Perú, apoyando y acompañando en la defensa y promoción de los derechos a las comunidades y poblaciones que habitan en zonas de presencia minera, Perú contribuye con menos del 0.4% de los Gases de Efecto Invernadero a nivel Global, pero evidencia un crecimiento económico dependiente de la actividad extractiva, que proyecta un aumento. Si bien la mayor emisión de los gases de efecto invernadero causantes del cambio climático proviene de la deforestación de la Amazonía; requiere igual atención, aquellos producidos por la industria minera, especialmente en la zona andina, desde la etapa de extracción de minerales (en especial en las actividades a tajo abierto) hasta los procesos de fundición y refinación de los metales. El cambio climático introduce una mayor variabilidad climática que aumenta la incertidumbre sobre el régimen hidrológico de los cursos de agua e impacta negativamente la disponibilidad del recurso hídrico, por ejemplo, introduce cambios en el patrón de caudales y cantidad de agua en los ríos e intensifica los eventos extremos. En los países en desarrollo como Perú, una de las consecuencias más importantes generadas por el cambio climático, ha sido la disminución de la cantidad de agua disponible y con ello de la actividad agrícola, fuente económica fundamental del país. La actividad minera también repercute en la disponibilidad y cantidad de las aguas superficiales y subterráneas, y por ende, los efectos de cambio climático local en cuencas hidrográficas con operaciones mineras se agudizan de no tomarse las medidas necesarias.
- Comunidades indígenas Huini Coroccohuaycco y Pacopata
- Estado Peruano
- Ministerio de Energía y Minas
- Empresa Minera Antapaccay
En la provincia de Espinar (Cuzco), donde Glencore opera en los complejos mineros de Tintaya (la mina está en proceso de cierre), Antapaccay (que inició su producción en 2012) y Coroccohuayco (en exploración), se han presentado quejas y demandas de las comunidades locales por la contaminación, que pone en peligro su salud, la de sus animales y el medio ambiente. Hay dos aspectos centrales en las acciones del Estado peruano y la empresa minera: las violaciones de los derechos humanos de las comunidades que viven en los alrededores de los complejos mineros y la contaminación ambiental generada en la zona. El caso aborda ambos aspectos, señalando que el gobierno peruano se ha posicionado en el conflicto a favor de la empresa minera, facilitando la presencia de fuerzas policiales para reprimir a los manifestantes y desconociendo la contaminación existente.
La contaminación por minería en Perú genera degradación ambiental, deforestación y problemas de salud pública, concentrándose en regiones como Madre de Dios y la Sierra Andina. Esta actividad ilegal y formal contamina suelos y aguas con mercurio, metales pesados e hidrocarburos, afectando la biodiversidad y los medios de vida de las comunidades. Además, genera conflictos socioambientales, inseguridad alimentaria y compromete el desarrollo de las comunidades. La actividad metalúrgica en La Oroya inició en 1922, cuando se instaló el Complejo Metalúrgico. La primera comunidad afectada fue Huaynacancha, cuyos pobladores se vieron obligados a desplazarse debido a la caída de cenizas tóxicas.
A más de un año de la sentencia histórica de la Corte IDH, el Estado peruano aún no implementa medidas para atender la crisis ambiental y de salud que afecta a decenas de familias contaminadas por metales pesados, por lo que la población sigue respirando veneno. Militarización, abusos contra los derechos humanos, represión policial a las comunidades que protestan y contaminación masiva de metales pesados en el suelo y en los cuerpos de personas y animales.
Acuerdos/tratados internacionales
- Convenio 169 de la OIT.
- Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Leyes nacionales
- Constitución Peruana
Principios
- Principio de prevención
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