Aysén Chile
La Corporación Privada para el Desarrollo del Aysén (CODESA) junto con la Corporación Pro-Defensa de la Flora y Fauna (CODEFF), y Hugo Díaz Manríquez, interpusieron una Reclamación por inobservancia de sus observaciones ciudadanas, contra la resolución que aprobó el Proyecto Central Hidroeléctrica Cuervo, presentado por la empresa Energía Austral al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el 13 de agosto de 2009, mediante un Estudio de Impacto Ambiental. El proyecto consistía en la construcción de una Central Hidroeléctrica de embalse, instalándose sobre el Río Cuervo, Región de Aysén.
Los reclamantes señalaron que se debió rechazar el Proyecto pues la evaluación no abarcaba los impactos que produciría; impactos geológicos, sismológicos y también vulneración al derecho a la integridad física y psíquica de las personas residentes en la zona. Se refirieron también a la falta de consideración del cambio climático al evaluar el proyecto, así como la insuficiencia de las medidas de compensación de humedales, bosques y la infracción del Convenio para la Diversidad Biológica y la Ley de Caza (debido a la afectación del hábitat de Huillín, especie en peligro de extinción y de la Ranita de Darwin, especie que es vulnerable). Los reclamantes pidieron al Tribunal dejar sin efecto la resolución y la revocación de la calificación ambiental favorable del proyecto.
El Tribunal acogió la Reclamación interpuesta sólo respecto de la compensación de bosques y humedales, descartándose los argumentos de cambio climático. Se anuló la Resolución reclamada ordenándose al Comité de Ministros a reabrir el procedimiento recursivo.
El proyecto contemplaba la realización de un embalse entre los lagos Yulton y Meullín, afectando con ello cerca de 5000 ha de bosque nativo y 11 humedales, con una superficie de 2.400 ha aproximadamente. Entre ellos se provocaría la destrucción del Humedal de turbera Maca, de 2.000 ha.
En razón de lo anterior, los reclamantes alegaron la importancia de proteger los humedales y bosques para enfrentar el cambio climático por su rol como sumideros de CO2, destacándose especialmente a los primeros por su rol como reservas hídricas para la humanidad y centros de conservación natural de la biodiversidad y flora y fauna.
En la sentencia, el Tribunal rechazó los argumentos de cambio climático, pues señala que la Ley no contempla el cambio climático como elemento del SEIA. Además, en la decisión se indica lo siguiente: «es deseable que la Administración tenga en cuenta los efectos positivos y negativos que puede provocar un proyecto en el manejo del cambio climático, pero la Ley actual no obliga a tenerlo en cuenta».
- Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (CODESA).
- Corporación Pro Defensa de la Fauna y Flora (CODEFF).
- Hugo Díaz Manríquez.
- Comité de Ministros (Chile).
El Proyecto Central Hidroeléctrica Cuervo se pretende construir sobre el Río Cuervo, en la región de Aysén, afectando a las comunidades de Puerto Aysén y Puerto Chacabuco.
El Valle del Río Cuervo se encuentra en una situación geológica y sísmica de alta complejidad, asociado al sistema de falla Liquiñe-Ofqui. Lo anterior ha influido en la evolución de los procesos de la dinámica glacial, del modelado fluvial y en las remociones en masa generada por la actividad tectónica. Además, existen fenómenos volcánicos que afectan a la cuenca que desagua por el Río Cuervo, lo que hace del valle un lugar altamente inestable.
Normas
- Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales.
- Protocolo de Kioto.
- Convención de las Naciones Unidas Contra la Desertificación.
- Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR).
- Convenio para la Diversidad Biológica.
- Constitución Política de Chile.
- Ley 20.600, que crea los Tribunales Ambientales.
- Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
- Ley de Caza.
Principios
- Precautorio.
- Prevención.
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