Sindicatos vs. Empresa Nacional de Electricidad por contaminación de complejo termoeléctrico

Ubicación

Biobío Chile

Estado
Resuelto
Fecha de inicio
30 de Junio de 2015
Fecha de la sentencia o de la última decisión existente
El 31 de diciembre de 2018, el Tercer Tribunal Ambiental dictó sentencia.
Resumen

Un conjunto de sindicatos de trabajadores independientes dedicados a la pesca artesanal demandaron por daño ambiental a la Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA).

Los demandantes indicaron que las unidades Bocamina 1 y 2 del Complejo Termoeléctrico Bocamina, propiedad de la empresa en cuestión, llevaba años emitiendo sustancias químicas como arsénico, cromo, zinc y mercurio entre otros, en niveles que superan los máximos permitidos por las leyes chilenas.

Los promoventes solicitaron en su demanda declarar que ENDESA ha ocasionado daños ambientales en las comunas de Coronel y Lota, y adoptar medidas de mitigación y reparación del daño ambiental y patrimonial causado.

La demanda fue acogida parcialmente por el Tercer Tribunal Ambiental, el cual resolvió que ENDESA causó culposamente un daño ambiental al aire de las comunas de Lota y Coronel, condenándola a que la Central Termoeléctrica Bocamina reduzca sus emisiones de material particulado en un 38%, con lo que no podría superar las 86 toneladas de emisiones de material particulado al año. Además, ordenó a la empresa presentar un plan que indique cómo llegará al límite de emisiones que fija la sentencia e indicar las actividades que desarrollarán para lograrlo en un plazo máximo de un año, una vez que el plan haya sido presentado y aprobado por el Tribunal.

Elemento climático

Los demandantes indicaron el incumplimiento de Chile al Protocolo de Kioto, prioritario para bajar su cuota de emisión de CO2 y de material particulado que proviene de la combustión de hidrocarburos, uno de los principales responsables del efecto invernadero.

Señalan, además, que Chile ha duplicado su porcentaje de CO2 liberado a la atmósfera, lo cual es en gran parte consecuencia de las termoeléctricas a carbón.

El Tribunal señaló que la contaminación del aire producida por el material particulado aporta a la formación de esmog fotoquímico, lluvia ácida, reducción de visibilidad, deterioro de la calidad del agua, impacto a plantas, disminución de la productividad en el sector agrícola, y afectación indirecta al cambio climático, entre otras cosas.

Demandantes
  • Herminio Carrillo Irribarra y otros.
Demandados/as
  • Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA) S.A.
Contexto territorial

Las comunas de Lota y Coronel se ubican en el Golfo de Arauco y cuentan con una población mayormente costera. La central Bocamina II se ubica a 50 metros del Océano Pacífico aproximadamente.

Las personas y comunidades afectadas de las comunas de Coronel y Lota son trabajadores independientes recolectores de orillas, algueros, buzos mariscadores, buzos ranas y boteros artesanales. La demanda indica que la contaminación cubre todo el borde costero, desde la desembocadura del Río Bío Bío hasta la comuna de Arauco, sobre el Golfo de Arauco, afectando incluso a la ciudad de Concepción, la cual fue declarada “zona saturada de contaminación” al igual que Talcahuano y Coronel.

Normas y principios invocados

Normas

  • Convenio para la Protección del Medio Ambiente y la Zona Costera del Pacífico Sudoeste.
  • Protocolo de Kioto.
  • Constitución Política de Chile.
  • Ley número 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.                       

Principios

  • Reparación Ambiental.

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Enlaces de interés
Instancia
Judicial
Tipo de actor/a
Sindicato
Tema
Combustibles fósiles
Contaminación del aire
Energía sucía
Tipo de Demandado/a
Empresa privada
Fundamento de reclamo
Daño ambiental o climático
Legislación nacional
Tratados regionales o internacionales