Colombia
Una Coalición de ONGs, academia e investigadores conformada por AIDA, CAJAR, CINEP, CENSAT, POLEN transiciones justas, Universidad del Magdalena y Paola Yanguas, el pasado 4 de mayo del 2023, presentó una acción de cumplimiento ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, exigiendo al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Minas y Energía y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, la caracterización y gestión de los impactos climáticos generados por el sector carbón, con el fin de que se adopten las medidas necesarias para su gestión en el marco de la política de cambio climático.
En la acción presentada se identificaron los artículos específicos de cuatros instrumentos normativos que estaban siendo incumplidos por las autoridades accionadas: la Ley 1931 de 2018 (Ley de cambio climático), La Ley 2169 del 2021 (Ley de carbono neutralidad), la Resolución 408017 del 2021 del Ministerio de Minas y las Contribuciones Nacionales Determinadas 2020 de Colombia.
Después de un poco más de un mes de trámite de la acción, el pasado 14 de julio del 2023, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia de primera instancia, atendió a una parte de los argumentos presentados en la acción jurídica y ordenó a los ministerios: 1) exigir la identificación de impactos climáticos en los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos mineros; 2) generar y recopilar los insumos de información necesarios para la actualización de los inventarios de gases de efecto invernadero; 3) formular, implementar y hacer seguimiento a los Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Sectoriales y a su articulación con los demás instrumentos de planificación del territorio y del desarrollo; 4) regular y establecer procedimientos de control y seguimiento para la verificación, certificación y registro de las emisiones, reducciones de emisiones y remociones de gases efecto invernadero –GEI; 5) incorporar en los instrumentos sectoriales de planificación existentes y futuros, acciones orientadas a alcanzar las metas país en materia de mitigación; y 6) exigir el reporte obligatorio de emisiones de GEI a las personas jurídicas, públicas, privadas o mixtas en el marco del Reporte Obligatorio de Emisiones ROE.
Debido a que el Tribunal Administrativo solo acogió parte de los argumentos descritos en la acción, la coalición de accionantes presentó una impugnación con el fin de que el Consejo de Estado, como superior jerárquico, pueda analizar y referirse a los argumentos que no fueron acogidos por el Tribunal. Los Ministerios accionados también impugnaron la sentencia de primera instancia. Se espera que la sentencia de segunda instancia sea emitida en el mes de agosto de este año.
El centro de la acción climática es exigir el cumplimiento de normas con obligaciones específicas en términos de adaptación, mitigación y gestión del cambio climático. Hay dos elementos innovadores de la acción: el primero es que plantea la necesidad del establecimiento de un término específico para el cumplimiento de estas obligaciones, el cual debe basarse en la urgencia que implica la crisis climática y sus efectos en la actualidad. En segundo lugar, plantea la necesidad de incluir el sector carbón en específico en la política pública del cambio climático, haciendo evidente que no basta con el establecimiento de medidas generales, sino que se requieren de acciones concretas para identificar, prevenir y gestionar los impactos climáticos de este sector, al ser uno de los sectores con mayor responsabilidad en la profundización de la crisis.
- Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente - AIDA
- Colectivo de Abogado José Alvear Restrepo - CAJAR
- CENSAT Agua Viva
- El Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep)
- Corporación para el Desarrollo de Políticas Energéticas para las Transiciones Justas - Polen Transiciones Justas
- Universidad del Magdalena
- Paola Yanguas – Miembro de fossil exit
- Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
- Ministerio de Minas y Energía
- Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Los resultados de la acción tendrán efectos en todo el territorio nacional, por cuanto las ordenes se refirieron no solo al sector carbón, sino en general a los proyectos mineros que se desarrollan en el país.
En el caso del sector carbón, la sentencia puede tener efectos sobre todo en los departamentos de La Guajira, Cesar, Magdalena, Santander, Norte de Santander, Boyacá y Cundinamarca, en los cuales están concentradas las actividades de minería de carbón a cielo abierto y a socavón, las actividades de transporte de este mineral y las termoeléctricas de carbón para la generación de electricidad que se encuentran en funcionamiento.
En el caso de los departamentos de Cesar y La Guajira, la sentencia puede tener impactos positivos en la gestión de la crisis climática a nivel local, al tratarse de dos de los departamentos más vulnerables a esta, al tener altas tendencias hacia la desertificación de suelos, disminución de precipitaciones y mayor aumento de temperatura. Además, estos departamentos son considerados cruciales para el avance de la transición energética, dado su potencial para la generación de energía eólica y solar.
- Ley 1931 de 2018 (Ley de cambio climático)
- Ley 2169 del 2021 (Ley de carbono neutralidad)
- Resolución 408017 del 2021 del Ministerio de Minas
- Contribuciones Nacionales Determinadas 2020 de Colombia.