El amicus curiae o “amigo/a de la corte” y su rol en el litigio climático

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estátua de la justicia

 

Amicus curiae es una expresión latina que literalmente se traduce como “amigo/a de la corte”. Es además una figura jurídica que toma la forma de un escrito legal y que puede ser una gran herramienta para la mejor resolución de casos de interés público, como los litigios ambientales o climáticos. ¿Cómo? Lo explicamos a continuación.

 

La Real Academia Española (RAE) define amicus curiae como una “persona física o jurídica que sin estar legitimada como parte o como tercero en un litigio interviene voluntariamente ante un tribunal para colaborar con este aportando información objetiva”. La figura procede del derecho anglosajón y está reconocida en varios organismos internacionales de control del respeto de los derechos humanos. 

 

Los amicus curiae posibilitan que cualquier persona, grupo u organización pueda comunicarse directamente con las personas que administran justicia a través de escritos legales. Sin ser informes periciales, los amicus pueden aportar información legal y técnico-científica muy variada, específica y valiosa. Por esta razón, son ampliamente reconocidos en el derecho internacional y nacional, cobrando cada vez más relevancia como instrumentos estratégicos en favor de los derechos humanos.

 

Su contenido y objetivo es amplio. Mediante un amicus se pueden aportar datos y premisas de corte técnico, jurídico y/o científico con la intención de brindar nuevos argumentos o reforzar los ya existentes para la resolución de un asunto, dar una opinión o sugerencia jurídica, proporcionar información acerca de un caso o alertar sobre los posibles efectos de una decisión. Las posibilidades no están limitadas. En muchas ocasiones, quienes administran justicia obtienen en estos escritos información que no habrían conseguido de otra forma, lo que les permite aumentar sus perspectivas con relación a los temas y argumentos debatidos en el proceso. 

 

Por todo lo señalado antes, los amicus curiae ayudan a mejorar el nivel de transparencia y participación en los procesos judiciales, elevan el nivel de las discusiones y abren el debate de la temática en litigio, especialmente en aquellos casos donde se encuentre comprometido el interés público o exista una trascendencia social que supere las particularidades del caso concreto.

 

Las formalidades para su presentación dependen de forma particular del sistema jurídico del país o del organismo internacional en donde se está llevando el caso de interés. Sin embargo, no debemos perder de vista que, en la mayoría de los casos, los amicus curiae no son vinculantes y/o de obligada observancia. Son los mismos tribunales quienes deciden si los toman en cuenta o no y de qué forma. Recordemos que quién presente un escrito de este tipo no reviste carácter de parte ni goza de los derechos procesales que corresponden a estas, al tiempo que su actuación no devenga costas ni honorarios judiciales. 

 

Los amicus curiae en el ámbito internacional

 

Los amicus curiae son ampliamente reconocidos y utilizados en tribunales internacionales, sobre todo en aquellos encargados de la protección de los derechos humanos, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la Corte Penal Internacional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o el Órgano de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio. 

 

En el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, lo referido a los amicus está regulado en los artículos 2, 44 y 73 del Reglamento de la Corte IDH, que detallan la forma de presentación y los casos en que procede.  

 

Justamente a propósito de la reciente solicitud de opinión consultiva OC-32 sobre emergencia climática y derechos humanos, presentada por los Estados de Chile y Colombia,  la Corte IDH recibió la mayor cantidad de amicus curiae en su historia con más de 250 observaciones escritas.

 

¿Cuál es la contribución de los amicus curiae a los litigios climáticos?  

 

Los litigios climáticos revisten muchas veces una complejidad que requiere contar con datos técnico-científicos muy específicos para entender y demostrar los impactos sociales y ambientales causados por actividades u omisiones que derivan de o que pueden provocar el aumento en la temperatura global. Por ello, el papel de los amicus curiae en los litigios climáticos es cada vez más importante. A través de ellos, es posible presentar información valiosa de una manera más directa, fácil y asequible, reduciendo incluso costes económicos y cargas de trabajo para las partes en juicio. 

 

Así, estos escritos pueden llegar a ser herramientas muy útiles para explicar a las personas que administran justicia (quienes pueden no tener conocimientos tan especializados en materia climática) escenarios complejos de una manera sencilla y abreviada para facilitar la comprensión integral de las causas y efectos en conflictos socioambientales. Al mismo tiempo, son una vía poderosa para que la voz de diferentes pueblos, comunidades y grupos en situación de vulnerabilidad sea escuchada y valorada de maneras diferentes. En ello radica la importancia y trascendencia de esta figura jurídica. 

 

Como se mencionó, un ejemplo claro del impacto que pueden tener los amicus curiae en el logro de justicia climática es el actual proceso de la opinión consultiva OC-32 que la Corte IDH desarrolló. En este, ha sido tal la cantidad de amicus presentados que por sí mismos representan una contribución enorme para la justicia climática en el continente americano. Ello se debe a que se ha logrado tener una gran cantidad de participación de diversos actores (pueblos y comunidades indígenas, movimientos de jóvenes y mujeres, organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas, etc.) para representar distintas voces y otorgar información especializada respecto de los impactos de la crisis climática y de las obligaciones que tienen los Estados del continente para proteger a las personas en este contexto de emergencia mundial. 

 

En la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe, hemos dedicado una sección a los amicus curiae que diferentes actores de la región presentaron a la Corte IDH en el marco de la OC-32. En esta sección es posible consultar de manera resumida algunos de estos escritos, aportes valiosos que hacen énfasis en las afectaciones socioambientales de la emergencia climática en pueblos indígenas, mujeres, niños y niñas, poblaciones con orientaciones e identidades de género diversas y en ecosistemas frágiles como los arrecifes de coral.

 

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