
En la sentencia con la que resolvió la demanda presentada por un agricultor peruano y guía de montaña, el Tribunal Superior Regional de Hamm, en el oeste de Alemania, estableció un precedente legal clave: que los principales emisores del mundo pueden ser considerados responsables de los daños climáticos que han causado en virtud del código civil alemán.
Saúl Luciano Lliuya demandó a la empresa energética alemana RWE porque el derretimiento de un glaciar amenaza su casa en Huaraz, Perú, y por considerar a la compañía responsable de aproximadamente el 0,5% de las emisiones mundiales de CO₂, (valor que luego se bajó a 0,38%). El demandante exigía por tanto que la empresa participara en los costes de las medidas de protección frente a las inundaciones por el deshielo.
Aunque el tribunal desestimó la demanda específica, al considerar con base en las pruebas que no existe un peligro concreto para la propiedad de Saúl, el fallo puede marcar un antes y un después en la justicia climática. “La sentencia de hoy marca un hito y dará impulso a las demandas climáticas contra las empresas de combustibles fósiles y, por lo tanto, al abandono de los combustibles fósiles en todo el mundo” dijo la abogada del demandante, Roda Verheyen. “La sentencia de hoy demuestra que los grandes emisores pueden ser considerados responsables según el derecho civil ya que contribuyen de manera significativa al cambio climático con sus emisiones de gases de efecto invernadero. Lo que se ha dicho hoy aquí es realmente importante a nivel mundial”.
En la sentencia con la que resolvió la demanda presentada por un agricultor peruano y guía de montaña, el Tribunal Superior Regional de Hamm, en el oeste de Alemania, estableció un precedente legal clave: que los principales emisores del mundo pueden ser considerados responsables de los daños climáticos que han causado en virtud del código civil alemán.
Saúl Luciano Lliuya demandó a la empresa energética alemana RWE porque el derretimiento de un glaciar amenaza su casa en Huaraz, Perú, y por considerar a la compañía responsable de aproximadamente el 0,5% de las emisiones mundiales de CO₂, (valor que luego se bajó a 0,38%). El demandante exigía por tanto que la empresa participara en los costes de las medidas de protección frente a las inundaciones por el deshielo.
Aunque el tribunal desestimó la demanda específica, al considerar con base en las pruebas que no existe un peligro concreto para la propiedad de Saúl, el fallo puede marcar un antes y un después en la justicia climática. “La sentencia de hoy marca un hito y dará impulso a las demandas climáticas contra las empresas de combustibles fósiles y, por lo tanto, al abandono de los combustibles fósiles en todo el mundo” dijo la abogada del demandante, Roda Verheyen. “La sentencia de hoy demuestra que los grandes emisores pueden ser considerados responsables según el derecho civil ya que contribuyen de manera significativa al cambio climático con sus emisiones de gases de efecto invernadero. Lo que se ha dicho hoy aquí es realmente importante a nivel mundial”.