AC Brasil
Organizaciones de indígenas y ambientalistas presentaron una Acción Civil Pública contra la Unión, el Departamento Nacional de Infraestructura de Transporte (DNIT) y el Instituto Brasileño del Medio Ambiente (IBAMA), por la expedición del aviso público número 130/2021, que autoriza la contratación de una empresa para diseñar y construir la expansión de la carretera BR-364 que conectaría el tramo de Cruzeiro do Sul, en Acre, Brasil a un punto en la frontera entre Brasil y Perú y que atravesaría el Parque Nacional Serra do Divisor.
Las accionantes demandan que el proceso de licitación se realizó sin contar con los estudios de factibilidad técnica, económica y ambiental (EVTEA por sus siglas en portugués), sin realizar la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas y comunidades tradicionales y sin considerar los derechos de los pueblos aislados que viven en la región. Argumentan también que es ilegal da dispensa de los EVTEA mediante la simple afirmación de que se trataría de una cuestión de seguridad nacional.
Asimismo, indican que la expansión de la carretera tendrá impactos como la pérdida de biodiversidad y de los recursos agua, debido a la fragmentación y pérdida de bosques, lo que también vulnera los derechos fundamentales a la vida, a la salud y a un medio ambiente sano y estable.
En ese sentido, las organizaciones accionantes solicitan al juzgado, declarar la nulidad del aviso público recurrido, así como ordenar que la Unión y el DNIT se abstengan de realizar cualquier decisión administrativa o política relacionada con la ejecución del tramo de la BR-364.
El Juzgado Federal de Rio Branco en Acre otorgó, a pedido de los accionantes , una medida cautelar para que no se firmara el contrato de construcción; sin embargo, la decisión fue suspendida por el Tribunal Regional Federal de la 1ª Región, basado en Brasilia. Mientras tanto el juicio en lo principal está pendiente de resolución
En la demanda las accionantes refieren que la expansión de la carretera requerirá de deforestación en la zona que forma parte de la Amazonía, lo que puede traer impactos negativos en la regulación climática, esto es así porque los bosques amazónicos, son el principal sumidero de carbono de la Tierra (es decir, tienen la capacidad de absorber gases de efecto invernadero (GEI), evitando que se acumulen en la atmósfera y aumenten el calentamiento del planeta.
Indican que los bosques son esenciales para mitigar los efectos del cambio climático e incluso reducir estos efectos, por lo que lo proyectos como la ampliación de la carretera pueden agravar la crisis climática debido a la deforestación que propician.
- SOS Amazonía
- Organización de los Pueblos Indígenas del Río Juruá (OPIRJ)
- Comisión Pro-Indio de Acre (CPI Acre)
- Coordinación de Organizaciones Indígenas de la Amazonía Brasileña (COIAB)
- Consejo Nacional de Poblaciones Extractivas (CNS)
- La Unión Federal (Gobierno de Brasil),
- Departamento Nacional de Infraestructura de Transporte (DNIT)
- Instituto Brasileño del Medio Ambiente (IBAMA)
En la Acción Civil Pública se refiere que la carretera BR-364, comenzó a construirse en 1961, que abarca desde la ciudad de Limeira, en el Estado de São Paulo, y sigue por los estados de Minas Gerais, Mato Grosso y Rondônia hasta el estado de Acre.
El DNIT pretende ampliar la carretera pasando por los municipios de Cruzeiro do Sul, Mâncio Lima, Rodrigues Alves hasta el límite con la Provincia de Ucayalli, Perú. La zona aledaña a dicha ampliación de la carretera y la cual sería impactada, es un territorio de la Amazonía Sur-Occidental, habitada únicamente por poblaciones extractivas y pueblos indígenas ubicados a lo largo del valle del río Juruá y sus afluentes, y en Serra do Divisor, en la región fronteriza con Perú.
Además, el eje proyectado de la carretera atraviesa el Parque Nacional Serra do Divisor (PNSD), Unidad de Conservación de Protección Integral, considerada como una de las regiones con mayor biodiversidad de la Amazonía, incluye la única formación montañosa de Acre y en la que se encuentran registradas más de mil doscientas especies de animales, incluidas las especies endémicas. Las leyes ambientales brasileñas prohíben la construcción de carreteras al interior de parques nacionales.
Normas:
- Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo
- Convención sobre Diversidad Biológica
- Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
- Convenio 169 de la OIT
- Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos
- Opinión Consultiva 23/2017 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Constitución de la República
- Ley N° 7.347/1985, Ley de la Acción Civil Pública
- Ley N° 5.917, que aprueba el Plan Nacional de Circulación Vial
- Decreto N° 97.839/1989, que declara el Parque Nacional Serra do Serra como Unidad de Conservación de Protección Integral
- Ordenanza DNIT N° 1.562/2008, que reconoce y declara de relevante interés social, las obras de infraestructura de transporte, de competencia del Ministerio de Transporte y, bajo la dirección y administración del DNIT, comprendidas en el Programa de Aceleración del Crecimiento.
- Decreto-Ley N° 2.375/1987, por el cual se declaran indispensables para la seguridad nacional los terrenos públicos baldíos que determina y que acumulativamente se incluyen en la Franja Fronteriza de 100 kilómetros de ancho.
- Decreto N° 1.705/200714 del DNIT establece excepciones a la inexigibilidad de los estudios de viabilidad
Principios:
- Inversión de la carga de la prueba
- Prevención
- Precaución
- Dignidad humana
- in dubio pro natura