El IAC 21 del Tribunal Superior de Justicia y el futuro del fracking en Brasil

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En septiembre, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Brasil emitirá un fallo en uno de los casos más relevantes de los últimos años para el futuro de la política energética y la protección ambiental y climática en el país. El Incidente de Asunción de Competencia n.º 21 (IAC 21) aborda la posibilidad de la explotación de petróleo y gas no convencionales mediante fracturación hidráulica o fracking. La decisión del TSJ puede abrir o cerrar el camino para la expansión de esta técnica en diferentes cuencas sedimentarias brasileñas, algunas de ellas asociadas a ecosistemas y reservas de agua de importancia regional, como el acuífero Guaraní.

 

El juicio también forma parte de un debate más amplio acerca del papel de los litigios climáticos ante la expansión de nuevas fronteras para los combustibles fósiles en América Latina. En un momento en que la transición para dejarlos atrás ocupa un lugar central en la agenda climática internacional, las decisiones sobre nuevas formas de explotación de petróleo y gas pueden profundizar la dependencia de las infraestructuras basadas en combustibles fósiles por décadas y dificultar una transición energética justa.

 

El debate sobre el fracking en Brasil también se da en un contexto regional de creciente cuestionamiento en torno a los riesgos y la viabilidad de esta técnica. En México, un comité de personas expertos constituido por el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum para evaluar la explotación de hidrocarburos no convencionales recomendó, en sus conclusiones iniciales, prohibir el fracking en áreas consideradas de especial sensibilidad social y ambiental, además de seguir con estudios para analizar la posibilidad de utilizar la técnica en otras regiones. Otra recomendación clave fue la prohibición del uso de agua dulce para la fracturación hidráulica.

 

En Colombia, el fracking sigue suspendido tras la resistencia de comunidades y organizaciones de los territorios potencialmente afectados. Ante la intención del nuevo gobierno de retomar el impulso a esta actividad, organizaciones de la sociedad civil ya han recurrido al Poder Judicial para impedir su avance. La experiencia colombiana pone de manifiesto que la expansión del fracking no se limita a una cuestión tecnológica o regulatoria: se trata de una actividad que puede generar un alto nivel de conflicto territorial y que enfrenta resistencia social precisamente en los lugares que sufrirían sus impactos.

 

¿Por qué es importante el IAC 21?
 

El caso tuvo su origen en la 12.ª Ronda de Licitaciones de la Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles (ANP), que ofreció bloques con potencial para la exploración de gas no convencional. La iniciativa dio lugar a la presentación de acciones civiles públicas en diferentes estados, en las que se cuestionaba la posibilidad de utilizar fracking por los riesgos ambientales y la falta de información suficiente sobre sus impactos.

 

Al resolver esta acción judicial, el TSJ deberá establecer el alcance del principio de precaución ante las incertidumbres relacionadas con el fracking y la compatibilidad de esta técnica con las obligaciones ambientales, climáticas y de derechos humanos asumidas por Brasil. En este debate, el tribunal deberá tomar en cuenta que la explotación comercial de gas no convencional supone la multiplicación de pozos y de la infraestructura asociada, lo que puede generar impactos acumulativos en cuencas hidrográficas, ecosistemas, territorios y comunidades.

 

Una técnica rodeada de riesgos e incertidumbres

 

El fracking permite extraer petróleo y gas atrapados en formaciones rocosas de baja permeabilidad. Para ello, se inyectan a alta presión grandes volúmenes de agua, arena y sustancias químicas en el subsuelo, lo que provoca fracturas en las rocas para que puedan circular los hidrocarburos.

 

La experiencia en otros países demuestra que esta técnica conlleva diversos riesgos: gran consumo de agua, contaminación de los recursos hídricos, generación de efluentes y residuos complejos, contaminación del aire, temblores inducidos, emisiones de metano e impactos en la biodiversidad y la salud de las poblaciones.

 

En Brasil, la falta de información es particularmente preocupante. Documentos técnicos elaborados por el propio Estado dan cuenta de lagunas en el conocimiento sobre las condiciones geológicas e hidrogeológicas de las áreas potencialmente destinadas a la explotación y reconocieron la fragilidad de la estructura regulatoria existente. La preocupación es especialmente relevante en la cuenca del Paraná, donde se superponen áreas de interés para hidrocarburos no convencionales, unidades de conservación, remanentes de la Selva Atlántica y sistemas acuíferos estratégicos.

 

Es precisamente por ello que cobra importancia el principio de precaución: cuando existe la posibilidad de un daño grave o irreversible, la falta de certeza científica no debe servir como justificación para posponer las medidas destinadas a evitarlo.

 

La experiencia internacional también pone en duda la idea de que los riesgos podrían resolverse simplemente con más regulación. Países como Estados Unidos, Argentina y México tienen trayectorias diferentes, pero revelan dificultades recurrentes en materia de fiscalización, control de emisiones, gestión de residuos, transparencia y rendición de cuentas. En respuesta a los daños y las incertidumbres, en diferentes países se han adoptado moratorias o prohibiciones de esta técnica a nivel nacional y local.

 

También existe una dimensión económica que a menudo pasa desapercibida. Las pruebas demuestran que la explotación no convencional depende de inversiones continuas, ya que los pozos presentan una rápida disminución de la productividad. Al mismo tiempo, la infraestructura construida para la explotación de combustibles fósiles tiende a crear incentivos económicos para permanecer en operación durante muchos años. Este fenómeno, denominado lock-in energético, puede desviar inversiones necesarias para la transición energética y prolongar la dependencia del petróleo y el gas.

 

Quienes defienden al fracking también puede basarse en la idea de la “soberanía energética”, pero este argumento merece un análisis crítico. La expansión de la explotación de hidrocarburos no convencionales puede agravar, en lugar de reducir, las formas de dependencia energética y económica. El desarrollo del fracking exige tecnología, conocimientos especializados, infraestructura y financiamiento, además de inversiones continuas debido a la rápida disminución de la productividad de los pozos. Por lo tanto, la explotación de nuevos recursos fósiles no debe confundirse automáticamente con una mayor autonomía energética.

 

La experiencia comparada demuestra que prohibir o limitar el fracking no equivale a renunciar a la seguridad energética, sino que permite desarrollar alternativas para garantizarla en el presente y en el futuro.

 

La narrativa del gas como combustible de transición consolida el modelo fósil y agrava la crisis climática

 

En toda la región se observa el crecimiento del discurso que defiende el gas como combustible de transición y el aumento de su participación en la matriz energética para, supuestamente, reducir las emisiones que agravan la crisis climática. Esta narrativa se utiliza para justificar la expansión de la frontera extractiva del petróleo y el gas, incluso con su avance en aguas profundas y, en tierra, con técnicas extremas como el fracking.

 

El gas que la industria denomina “natural” es un gas fósil. En el proceso, desde su producción en los pozos hasta su uso, provoca fugas de metano a la atmósfera en cantidades muy elevadas. El metano es un gas con un potencial de calentamiento global hasta 80 veces mayor que el del CO₂ a corto plazo. Por lo tanto, las medidas que impulsan el gas como políticas para enfrentar la crisis climática terminan reproduciendo y agravando las causas del problema.

 

¿Una decisión que afecta territorios sin la participación directa de quienes viven en ellos?

 

El litigio también pone de manifiesto un importante debilitamiento democrático. Las áreas potencialmente afectadas por la explotación de hidrocarburos no convencionales son próximas o se superponen a tierras indígenas y territorios ocupados por comunidades tradicionales. A pesar de ello, los pueblos y comunidades potencialmente afectados no cuentan con una representación directa en el expediente que sea proporcional a la dimensión territorial de la decisión que se tomará.

Esta ausencia es crucial al considerar los riesgos, tales como cambios en la disponibilidad y calidad del agua, la construcción de carreteras e infraestructura, la circulación de vehículos pesados, la fragmentación territorial y las alteraciones ambientales que pueden afectar directamente los modos de vida, la alimentación, la salud y las relaciones culturales con el territorio.

 

El Convenio n.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo y los parámetros desarrollados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos refuerzan la importancia de la participación, la consulta previa, libre e informada y el consentimiento cuando las decisiones estatales puedan afectar a los pueblos indígenas y a las comunidades tradicionales. La calidad de la decisión ambiental depende también de que se incorporen los conocimientos y la perspectiva de las personas que soportarán sus riesgos.

 

Menos protección ambiental en Brasil, más compromisos climáticos en el mundo
 

El juicio se lleva a cabo además en un momento contradictorio. A nivel interno, los cambios recientes en la legislación brasileña sobre permisos ambientales han ampliado los mecanismos de simplificación, aceleración y fragmentación de los procedimientos aplicables a las actividades con potencial de impacto. En un ámbito caracterizado por riesgos acumulativos y por la necesidad de evaluaciones integrales de las cuencas sedimentarias, este contexto hace aún más relevante el análisis de la capacidad real del Estado para prevenir daños.

 

A nivel internacional, la tendencia es otra. El primer Balance Global del Acuerdo de París, aprobado en la COP28, instó a los países a contribuir a la transición para abandonar los combustibles fósiles en los sistemas energéticos de manera justa, ordenada y equitativa, acelerando la acción en esta década. El tema cobró especial relevancia para Brasil. Tras la COP30, celebrada en Belém, la Presidencia brasileña asumió la elaboración de una Hoja de ruta internacional para la transición hacia la eliminación de los combustibles fósiles.

 

El litigio sobre el fracking pone de manifiesto la contradicción entre el intento de conciliar el compromiso de trazar caminos para reducir la dependencia global de los combustibles fósiles y la apertura, dentro del propio país, de una nueva frontera de explotación de combustibles fósiles mediante el fracking. De este modo, el caso también resalta el papel de los litigios climáticos como instrumento para cuestionar decisiones que pueden profundizar la dependencia de los combustibles fósiles y dificultar una transición energética justa.

 

Un precedente que va más allá de Brasil

 

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Brasil tendrá repercusiones regionales. Los acuíferos, los ecosistemas y el propio sistema climático no se rigen por las fronteras entre estados o países. Autorizar una nueva frontera de combustibles fósiles significa generar efectos que se extienden mucho más allá de los lugares donde se instalarían los pozos. 

 

Ante los altos riesgos, las lagunas de conocimiento y una estructura regulatoria debilitada, el juicio le ofrece al alto tribunal brasileño la oportunidad de afirmar que la precaución no es un obstáculo para el desarrollo, sino una condición para que las decisiones sobre el futuro energético no transfieran a los ecosistemas y a las próximas generaciones costos que podrían haberse evitado.

 

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